sábado, 20 de junio de 2020

LA TAREA DE CONDUCIR, EL DILEMA DEL CIEMPIÉS Y LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL TRÁFICO

(I)

Conducir un automóvil es una de las actividades más complejas de la vida diaria para cualquier grupo de personas de la misma edad, dado que se desarrolla en un ambiente constantemente cambiante y no exento de dificultades y riesgos como son las calles y el tráfico. Esta actividad incorpora diversas habilidades cognitivas, funciones ejecutivas, motoras y perceptuales (Cutler, 2003).

Como saben muy bien los profesionales de la formación de conductores, una persona que inicia su aprendizaje en la autoescuela para conducir un automóvil necesita atender a todos y cada uno de los componentes de esta actividad: estar pendiente de embrague, del freno  o del acelerador, según lo exija la situación, ajustar el movimiento del  embrague al cambio de marcha, prestar atención a las señales de la vía, a los vehículos que circulan por , a los peatones y a los hechos que se van presentando en el desarrollo de su trayectoria, etc. Es en esa fase del aprendizaje cuando se producen los consabidos  deslices (slips, es decir, los errores de ejecución de una acción determinada, por ejemplo, querer encender las luces y en su lugar encender el limpiaparabrisas, presionar el acelerador en lugar del freno, etc.,  pero a medida que aumenta la práctica, la combinación  de todos estos mecanismos o subtareas se hace más fluida y la realización requiere de menos atención por parte del conducto o conductora, resultándole la conducción más cómoda y relajada.

La definición más tradicional concibe la conducción de un automóvil como una tarea compleja de control de un mecanismo móvil en un entorno sometido a continuo cambio, realizándose de forma paralela subtareas como el ajuste de la trayectoria o el cambio de marcha.

El conductor o conductora pasa en la autoescuela por un aprendizaje cognitivo y un aprendizaje motor. Las primeras etapas del aprendizaje están protagonizadas por el procesamiento controlado, mientras que una vez que se realiza una amplia práctica de la tarea son los procesos automáticos los que lideran dicha actividad.  Con el tiempo acumula kilómetros y automatiza todas las tareas necesarias para conducir. Llega el momento que lo hace  de forma automática, sin pensar. Es entonces cuando manifiesta que conducir es una actividad simple y sencilla, pero, insistimos, no lo es. Es una tarea con un grado alto de complejidad.
                  
Durante sus desplazamientos, el conductor ha de ir, constantemente, haciendo ajustes a la trayectoria que recorre su vehículo. Para ello necesita captar, identificar e interpretar informaciones, analizarlas y, en base a ello, prevenir y tomar decisiones para llevarlas a la practica en un conjunto de acciones ejecutadas correctamente, a la vez que controla los efectos de esas acciones mediante feed-back, que le sirve para procesar nueva información. Y así de forma continua y sin solución de continuidad mientras está a los mandos del vehículo. Conducir es una actividad  no difícil pero sí bastante compleja como refleja  el siguiente diagrama de flujos del funcionamiento del conductor en el sistema conductor-vehiculo- carretera (Shinar 1978).


Las tareas básicas de la  actividad de conducir se pueden resumir en cuatro: percepción, previsión, decisión y acción. Unas de carácter cognitivo y otras de carácter motor.


Percepción (Capacidad perceptiva y atención del conductor)

El conductor percibe, a través de los sentidos, toda la información que le proporcionan el entorno (estado de la calzada, señales, fenómenos atmosféricos, otros vehículos, peatones, etc.), su propio vehículo y su estado psicofísico:

·       Del entorno: el estado y características de la via, señalización existente, situación y velocidad de los demás usuarios, condiciones climatológicas existentes en cada momento, etc.).
·       Del vehículo que conduce: potencia, velocidad, tamaño, capacidad de frenado, etc.
·       De sí mismo: seguridad en la conducción, cansancio físico o psíquico, etcétera.



Previsión (Toma de decisiones y elección de respuesta del conductor)

Una vez procesada toda la información que ha recibido, prevé lo que va a ocurrir, sus consecuencias y decide lo que ha de hacer (frenar, acelerar, girar el volante, esperar, poner el intermitente, cambiar de velocidad, etc., etc.). En definitiva, la previsión no es otra cosa que anticiparse a lo que va a ocurrir o pudiera ocurrir con las conductas de los demás para facilitar la correcta utilización de nuestro entorno vial y por encima de todo evitar un accidente o un incidente previniendo de antemano que podemos dominar la situación.


Acción/ejecución (Capacidad de respuesta y conducta dinámica sobre el control del vehículo)

Es la última fase de la conducta del conductor: ejecutar con precisión lo que ha decidido. Y lo realiza de manera automática, casi sin pensar qué hacer y cómo hacerlo.

Desde que finalizó nuestro aprendizaje en la autoescuela, la tarea la hemos ido ejecutando de forma cada vez más automática, conforme el control es asumido por los centros inferiores del cerebro. Y ya nos encontramos ese estadio en el que la ejecución sobre los mandos del vehículo se  vuelve tan fluida y automática que cualquier conductor o conductora conduce su vehículo mientras está pensando en otras cosas. Así, al conductor de automóvil le resulta fácil, tras años de práctica, mantener con soltura una conversación con un pasajero mientras conduce su coche por la carretera. Lo hace de manera automática, sin pensar en qué orden ha de ejecutar cada uno de los movimientos requeridos. Acuérdense de las primeras prácticas en la autoescuela.
En la fase final, la destreza se ejecuta de forma cada vez más automática, conforme el control es asumido por los centros inferiores del cerebro. Este es el estadio en el que la ejecución se vuelve tan fluida y automática que la persona puede poner en práctica la destreza mientras está pensando en otras cosas. Así, al conductor de automóvil le resulta fácil, tras años de práctica, mantener con soltura una conversación con un pasajero mientras conduce su coche por una carretera sinuosa o por una autopista haciendo las pertinentes correcciones.


Y llegado a este punto, me viene a la memoria “el dilema del ciempiés”. Es un poema corto que le da nombre a un fenómeno psicológico llamado el efecto ciempiés o el síndrome del ciempiés. 
Un ciempiés paseaba contento
Hasta que un sapo burlón
Le dijo: «Cuéntame, ¿en qué orden mueves las patas?»
Le llenó de dudas hasta tal punto
Que cayó exhausto en el camino
Sin saber cómo correr.
 El efecto ciempiés tiene lugar cuando una actividad que normalmente se realiza de forma automática se interrumpe por ser consciente de ella o por la reflexión sobre la misma. Por ejemplo, que un conductor o conductora se concentre demasiado en el orden en que ha de actuar sobre los mandos de su vehículo puede perjudicar el desempeño de la tarea. Este efecto también se conoce como  la ley de Humphrey ya que fue planteado por el psicólogo George Humphrey en 1923. En sus propias palabras: Es una rima psicológica. Contiene una verdad profunda que aparece cada día en la vida de todos nosotros. El ciempiés de quedó trabado cuando intentó pensar en el orden en que movía sus pies.
LaS vías públicas son espacios que debemos compartir. Todos los que las usamos, sea como peatones o conductores, estamos obligados a tener comportamientos que nos ayuden a circular de manera segura, fácil, cómoda y con fluidez.

Para alcanzar esa seguridad deseable no es suficiente con ser un experto en el manejo del vehículo, conocer las normas y señales de tráfico y cumplir con ellas. Es además  que nuestros comportamientos se rijan por los principios fundamentales que rigen la circulación.

Dado que ni en la Ley de Seguridad Vial ni en el Reglamento General de Circulación existe precepto concreto que exprese cuales son estos principios hay que decir que aparecen diversificados en su articulado.


Hay normas para los conductores, los ciclistas, los peatones. Todas esas normas que se aprendieron en la autoescuela están dispersas a lo largo de su articulado, pero no definen de manera expresa cuales son los principios que deban regular la circulación, pero ¿cuáles son esos principios? He aquí los fundamentales:

·       Principio de la confianza en la normalidad del tráfico.
·       Principio de la responsabilidad.
·       Principio de la seguridad o de la defensa.
·       Principio de la circulación dirigida.
·       Principio de la integridad corporal.
·       Principio de la señalización.

De no cumplirse estos principios, el tráfico vial no sería posible.

* Comentaremos estos principios en una próxima entrada.





martes, 26 de mayo de 2020

POR FIN ABREN ALGUNAS AUTOESCUELAS

El gobierno pone remedio a su error y permite a las auto-escuelas abrir en la fase 2

Un error del Gobierno, por omisión, había dejado a las autoes-cuelas en un limbo, y sin la posibilidad de reanudar su activi-dad en aquellos territorios que entraran en fase 2. El error lo ha subsanado este sábado pasado, día 23 de mayo, con la publicación de una Orden del Ministerio de Sanidad.

 Afortunadamente lo ha enmendado a tiempo y podrán iniciar su actividad el lunes día 25 de mayo. Según la susodicha Orden, que modifica varias órdenes anteriores sobre las medidas del plan de desescalada, las autoescuelas podrán reanudar de su actividad presencial en las siguientes condiciones: 

  • No superar un tercio de su aforo en las clases teóricas. 
  • Así mismo, deberán priorizar, siempre que sea posible, las modalidades de formación a distancia y “on-line”. 
  •  Aplicar las medidas de higiene y prevención previstas para los establecimientos y locales comerciales de carácter minorista. 
  •  Poner a disposición del público, y en todo caso en la entrada del centro, dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, que deberán estar siempre en condiciones de uso.
(No sé por qué usan el término virucida y no viricida. Aunque ninguno de los dos está en el DRAE, es viricida el adecuado para referirse a todo aquello que es capaz de acabar con un virus, según el Diccionario de términos médicos de la Real Academia Nacional de Medicina que aconseja utilizar el término viricida en lugar de virucida que lo considera incorrecto.)


 Las clases prácticas


En el caso de las clases prácticas de conducción será obligatorio el uso de mascarillas en el vehículo de prácticas durante la clase, tanto por el profesor o profesora como por el alumno o alumna.

Asimismo, se deberá limpiar y desinfectar el vehículo de prácticas antes y después de su uso por cada alumno o alumna, prestando especial atención a los elementos de uso común y el mando del vehículo, así como llevar a cabo su ventilación posterior conforme a lo previsto en la normativa.

..


Exámenes teóricos y prácticos

La Dirección General de Tráfico reanuda los  exámenes teóricos y prácticos para la obtención del permiso de conducir en aquellas provincias que se encuentren en la fase II de la desescalada, prevista en muchas de ellas para el 25 de mayo.

Con el objetivo de preservar la salud de los alumnos, profesores y funcionarios de las Jefaturas Provinciales, la Dirección General de Tráfico ha publicado una instrucción donde se recogen las medidas específicas y precauciones necesarias para minimizar riesgos, al tiempo que garantizar un buen servicio público a los ciudadanos.

El protocolo establecido para la reactivación de los exámenes ha sido consultado y participado con todas las asociaciones del sector, así como con los sindicatos.

Consideraciones generales

·  Debido a la situación excepcional que se está viviendo este año, las jefaturas realizarán exámenes durante todo el verano en todo el territorio nacional.

·  Los exámenes que se realizan en los centros desplazados podrán mantenerse siempre y cuando existan garantías del cumplimiento de las medidas de limpieza y desinfección y de distancia social establecidas en el Plan de contingencia de la DGT. 

  Será el Jefe Provincial de Tráfico el que analice la situación de su provincia y tome la decisión sobre la conveniencia de derivar exámenes a los centros oficiales.
·    Para evitar aglomeraciones en los centros de exámenes se prohíbe la permanencia en las zonas de espera de personas que no tengan una relación directa con la realización de la prueba. Solo puede estar personal de la jefatura, profesores al cargo de la prueba y aspirantes citados a esa hora.

·   Se limita el traslado de expediente de exámenes de una provincia a otra mientras el Gobierno mantenga las restricciones a la movilidad de los ciudadanos por el riesgo para la salud.


Exámenes teóricos

Los exámenes teóricos serán los primeros en reanudarse en todas las Jefaturas, priorizándose los referidos a las pérdidas de vigencia del permiso de conducir y los de obtención y renovación de la autorización especial para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas. En días posteriores se reanudarán de forma progresiva el resto de exámenes teóricos.

Debido a la necesaria distancia de separación entre aspirantes, la capacidad de las aulas se verá disminuida, de modo que en la medida que sea posible se incrementarán las convocatorias para dar respuesta a la demanda.

Los aspirantes deberán llevar siempre guantes y mascarillas que deberán traer consigo y dispondrán de hidrogel para su uso cuando sea necesario. Durante todo el examen se garantizará la distancia mínima de 2 metros entre alumnos.

Exámenes en pista


La citación para la realización de las pruebas de aptitudes y comportamiento en circuito cerrado, pista, que tienen que realizar los aspirantes a la obtención de licencias y permiso de conducir se efectuará de forma escalonada para evitar aglomeraciones y en zonas amplias donde se pueda mantener la distancia de seguridad.

Al igual que en el caso de los exámenes teóricos, se prohibirá la permanencia en las pistas a toda persona ajena a la prueba y se recomienda que cada alumno traiga su propia equipación.

Examen práctico


La realización de esta prueba es la que más cambios supone debido al espacio limitado del vehículo. El primero de ellos es el que se refiere a la ocupación del habitáculo, ya que solo irá el alumno y el profesor en la parte delantera del vehículo y el examinador, solo, en los asientos traseros.

Tanto los alumnos como los profesores deberán llevar guantes y mascarilla.

En el momento en que la prueba sea declarada no apta por acumulación de faltas o comisión de una falta eliminatoria, se interrumpirá. El examen no continuará para no prolongar la situación de contacto social.

Las explicaciones sobre la realización del examen se darán siempre fuera del vehículo manteniendo la distancia recomendada

Las escuelas particulares de conductores serán las responsables de la correcta limpieza y desinfección de los vehículos, así como de la limpieza del mismo al finalizar cada prueba y en todo caso antes de la siguiente.

En el caso de los exámenes prácticos de moto, en los sistemas de comunicación entre examinador y alumno se exigirá un intercomunicador manos libres bidireccional y eficaz. La protección del mismo frente al riesgo sanitario será a cargo de la escuela, recomendándose que el micrófono sea de uso individual. Asimismo, no se admitirá la utilización de equipos en los que el examinador se vea obligado a su manipulación o a tener que colocárselos en oídos (auriculares) o provistos de micrófonos que queden alojados próximos a la boca, salvo que pueda garantizarse su total higienización.

Tanto la Dirección General de Tráfico como las  Autoescuelas tienen sus propios protocolos de actuación para asegurar la seguridad de sus empleados y ciudadanos.



lunes, 11 de mayo de 2020

LA RENTRÉE


VUELTA A LA FAENA






Si hay alguna actividad profesional castigada por las circunstancias, entre las cuales están las que vienen impuestas por la Administración de turno como son sus reglamentos, decretos , órdenes, instrucciones, etc., esa es la faena que se lleva a cabo en las autoescuelas.


Una vez más, para este sector, ha llovido sobre mojado. Todo lo que puede salir mal, ha salido peor. Cuando empezaban a levantar cabeza, a remontar las graves consecuencias económicas de las crisis económicas y de las huelgas de examinadores, en especial, la del 2017 por su larga duración (6 meses quiero recordar), llega el mil veces maldito vicho que arrambla con vidas y haciendas de quienes se le ponen por delante.

Cuando haya pasado, muchas autoescuelas habrán desaparecido con él. Las que queden tendrán que adaptarse, durante un tiempo, al coronavirus, y después o a la vez reinventarse y seguir luchando para sobrevivir y mejorar.

He leído que las autoescuelas  de formación "on-line" han tripicado las matrículas durante el confinamiento, pero los coches de unas y otras siguen sin generar ingresos después de dos meses de paro forzoso. Las autoescuelas muestran su preocupación por el futuro del sector, de ahí que su mayor preocupación, entre otras consideraciones, sea su futuro profesional y laboral.

Ya se sabe el cuándo: 25 de mayo, con el comienzo de la fase 2. Fecha sujeta a las posibles demoras de cada comunidad autónoma a la hora de acceder a la segunda de las fases previstas en el modelo de desescalada asimétrica.

El cómo es aún una incógnita, aunque bastante predecible. Los parámetros  han sido o serán consensuados por representantes de CNAE con responsables de la DGT, teniendo en cuenta las normas sanitarias.

El profesorado de las autoescuelas ser va a enfrentar en los próximos meses a situaciones extrañas, inauditas, anormales e insólitas. Tendrán que amoldarse a cualquier situación que se presente y se le exija para la supervivencia del negocio, en especial en la formación práctica, que no puede ser de otra manera que dos personas en el habitáculo del vehículo a una distancia de seguridad inferior a la  exigida en la calle, comercios, bares, farmacias, etc.


Más asequibles y fáciles de poner en práctica son las medidas de prevención en el aula de teórica: separación entre alumnos de entre 1,5 y 2 metros y uso de mascarilla. Desinfección de aula, sillas, mesas, ordenadores, etc.

Más complicado y complejo será la puesta en práctica en el coche tanto para las clases como para los exámenes.
Será necesario el uso de mascarilla (al menos, de tipo FFP2)  y guantes tanto para  alumnos  como para profesores y desinfección del vehículo al terminar la clase.

Los exámenes teóricos  se realizarán aplicando las correspondientes medidas de prevención: se evitarán las aglomeraciones, y la presencia de acompañantes en zonas de espera, se mantendrá la distancia de seguridad y será obligatorio exigiendo a cada examinando el uso de guantes y mascarilla, además de la limpieza de manos a la entrada del aula con geles hidroalcohólicos.

En los exámenes prácticos habrá sólo un alumno en el vehículo por cada prueba y deberá usar siempre guantes y mascarilla, al igual que el examinador, que irá sentado en la plaza trasera derecha. Después de cada prueba habrá que ventilar el vehículo y desinfectar los mandos principales del interior.

La DGT ya ha anunciado que para favorecer la vuelta a la normalidad se seguirán realizando exámenes durante todo el periodo que normalmente era de vacaciones de verano.

A pesar de los pesares, conociendo la resiliencia profesional de este colectivo, estoy seguro que la mayoría saldrá adelante. Hace años que vienen demostrando su capacidad para adaptarse a cambios de todo tipo e incluso a resistir crisis y contratiempos económicos de todo clase como la doble recesión, la del 2008 y 2012. Si para algo han servido los años de crisis y de contratiempos que han experimentado las autoescuelas ha sido precisamente para comprobar el nivel de resiliencia de sus profesionales.

Espero de los profesionales y les deseo que su capacidad de resistencia iguale a la de sus predecesores y saque a las autoescuelas de esta inoportuna  e  inesperada crisis que nos ha traído el maléfico virus.



viernes, 24 de abril de 2020

EL único “ESPABILAO” de los tres


LA TERTULIA DE LOS SETENTA Y MÁS

Esta tertulia la componemos  un pequeño grupo de amigos y conocidos que sobrepasamos los setenta años  y que, dos veces en semana, nos reunimos  en una cafetería y, mientras saboreamos un  excelente café, charlamos de lo divino y lo humano y, cómo no, criticamos al gobierno de turno.
                                               
La última vez que tertuliamos fue el viernes 11 de marzo. Tres o cuatro días después se decretó el estado de alarma por lo que nos confinamos en casa y hasta la fecha. Tenemos la esperanza de volver todos y pronto para  tomarnos un café y seguir con nuestras entretenidas reuniones e inocentes comentarios, si es que aun cabe alguna inocencia en nuestras cansadas mentes.

En esa última tertulia, invitado por Luis Cuevas, nos acompañó Feliciano, quien antes de su jubilación había dirigido una de las más veteranas y prestigiosas escuelas de la ciudad, circunstancia que dio pie a Pedro a interesarse por aspectos vigentes de la normativa de Tráfico que nos afectan a todos y muy especialmente en lo que atañe a la renovación del permiso de conducir. Éste tenía que renovarlo y ya  había sobrepasado los setenta.

Feliciano, consciente de que sobre aquel tema, podía dar sopas con hondas a los allí presentes, se arrellenó en su asiento, dispuesto a ofrecerles una lección magistral.

— El artículo 12 del Reglamento de Conductores — empieza diciendo  — hace referencia a la vigencia del permiso de conducir. Los permisos para camiones y autocares, por decirlo en lenguaje llano, tendrán un periodo de vigencia de cinco años mientras su titular no cumpla los sesenta y cinco y de tres a partir de esa edad. El permiso de la clase B, que supongo es el que tú tienes, se renueva cada diez años hasta que su titular no cumpla los sesenta y cinco años  y a partir de esta edad cada cinco años.

Le interrumpe Julián de las Torres, que siempre cree saber de todo más que los demás:

— Sí, pero yo tengo un vecino que tiene 72 años y se lo han renovado solo para tres años.

— Puede ser porque la normativa española, sigue diciendo Juan con énfasis, obliga  a la obtención previa de un certificado médico en un centro de reconocimiento de conductores autorizado. El periodo de vigencia puede cambiar a criterio del facultativo, en el caso de que en el reconocimiento se descubra que el sujeto padece una enfermedad o trastorno que, si bien en ese momento no afecta a la conducción, pueda agravarse con el tiempo, e influir en la seguridad de esta actividad. Ah, se me olvidaba, a partir de los setenta no hay que pagar las tasas de Tráfico.

— ¿Es igual en toda Europa? —pregunta Luis.

— Más o menos. En Portugal, por ejemplo, la renovación se realiza cada 15 años hasta cumplir 60 años sin que sea necesario un certificado médico. De 60 a 75 años de edad, el permiso se renueva cada 5 años siendo preciso un certificado médico. A partir de 75 años el periodo de vigencia del permiso es de 2 años, precisándose la presentación de un certificado médico para la renovación.

Después de un breve silencio, Pedro vuelve a la carga.

— Ya puestos, ¿te puedo hacer una pregunta más?

— Pero esta te costará el café de todos — le dice Luis medio en broma medio en serio.

—Hecho— contesta Pedro a regañadientes.

— Veamos esa pregunta —le dice Juan entusiasmado.

— Mi nieta, que dicho sea de paso es muy lista, se va  a sacar el carné de conducir y le he advertido de que se tome muy en serio lo del aprendizaje.

— ¿En qué autoescuela se ha matriculado?
— En ninguna.

— ¿Ah…?

— Como las clases se las pago yo, me ha dicho que le está enseñando un vecino, algo mayor que ella y que le cobra solo 8 euros la clase— dice que es muy “espabilao”.

— ¿Y ese vecino pone el coche y la gasolina?

— No. Le da las clases con el mío.

— ¿Y cómo van las clases?

— Van por 650 euros.

— Siento decirte, mi buen amigo Pedro que aquí el único listo y  “espabilao”, de los tres es su amigo y vecino — concluye Juan.

— El amigo de tu nieta, además de “espabilado”  es un caradura y tú un irresponsable por consentirlo—apostilla Luis Cuevas.





miércoles, 15 de abril de 2020

UNA SEÑAL NUEVA PARA REDUCIR LOS ACCIDENTES EN LOS CRUCES


Cuando todos los automóviles circulen intercomunicados, el conductor que circule por una carretera principal sabrá que un coche está a punto de llegar al cruce o está esperando en el mismo para  cruzar o para incorporarse a la vía principal. Mientras llegan esos automóviles intercomunicados, la DGT utilizará una nueva señal que hará una función parecida en lo que ellos llamaran cruces inteligentes.
 Los Cruces Inteligentes, según la DGT, han nacido con el espíritu de incrementar la seguridad de la circulación en intersecciones a nivel de vías convencionales de calzada única y basándose en experiencias reales contrastadas y referencias técnicas internacionales, en el marco del concepto de Sistema Seguro.

Según los datos de accidentalidad de 2018, el 62% de los accidentes con víctimas en vías interurbanas tuvo lugar en carreteras convencionales y el 32% de estos en intersecciones, por lo que es un hecho que estos elementos del trazado requieren un  tratamiento específico.

Se trata por tanto de un sistema pionero en España que no obstante ha sido desplegado internacionalmente y existen referencias de sus bondades en la reducción de la lesividad y mortalidad en las vías en que se aplica.

Según la DGT este nuevo sistema podría reducir  entre un 40 y un 55 % el número de fallecidos  y heridos.

Existen diferentes categorías de Cruces Inteligentes en función de la localización de la señalin (en poste o en báculo) y del lugar donde se informa y donde se detecta la presencia de vehículo (vía principal y vía secundaria).

Parece ser que la más efectiva es la CATEGORÍA 3A: Señales dinámicas en poste en los márgenes de la vía principal y elementos de detección en la vía secundaria. En España se ha optado por esta.


El sistema instala señales activas con sensores de detección de vehículos, tanto en la vía principal como en los ramales, detectando la presencia del vehículo que se aproxima a la vía principal desde la secundaria. Entonces en la vía principal la señal de cruce se ilumina y aparece el texto: VEHÍCULO EN CRUCE. Debajo de la señal triangular de cruce, que está integrada en un panel rectangular con focos led en sus cuatro esquinas que parpadean para llamar la atención del conductor, advirtiéndole que en el ramal hay un vehículo que pretende incorporarse a la vía principal.

(Fuente: DGT)


jueves, 9 de abril de 2020

UNA CUESTIÓN DE DERECHO

La UNION PROFESIONAL DE AUTOESCUELAS, según consta en su página web, es una asociación empresarial que se constituyó el día 8 de junio de 1982 y en la actualidad está compuesta por unas 150 autoescuelas.

Su actual presidente  D. ARMANDO GALINDO RUIZ pide a través de un escrito (publicado en algunos medios de comunicación)  que se incluya la Actividad de las Escuelas de Conducción y Pilotaje con número de CNAE 8553 en el listado de actividades de todas las Mutuas Colaboradoras como actividad con derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad.




Texto del escrito

La actividad de enseñanza de conductores, tiene una parte teórica y otra práctica que están fuera de las llamadas esenciales. Por ejemplo, la parte teórica que se realiza de forma presencial en la autoescuela, el Real Decreto  en su artículo 9, establece literalmente:
1. Se suspende la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza contemplados en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluida la enseñanza universitaria, así como cualesquiera otras actividades educativas o de formación impartidas en otros centros públicos o privados.
2. Durante el período de suspensión se mantendrán las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y «online», siempre que resulte posible.” En nuestro caso, no es posible la modalidad a distancia u online, ya que no disponemos de una plataforma ni de los medios necesarios para realizarla, al no ser requisito para la autorización de enseñanza de conductores regulada en el Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las Escuelas Particulares de Conductores.
Tercero.- En cuanto a la parte práctica de enseñanza a la conducción, está suspendida por el mismo artículo 9 antes referenciado del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ya que es una enseñanza totalmente presencial y además no se podría realizar porque los supuestos en los que solamente se puede circular por las vías de uso público regulados en el artículo 7 del citado Real Decreto son los siguientes:
“Artículo 7. Limitación de la libertad de circulación de las personas.
1. Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:
a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.
2. Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.
3. En todo caso, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.
4. El Ministro del Interior podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos. Cuando las medidas a las que se refieren los párrafos anteriores se adopten de oficio se informará previamente a las administraciones autonómicas que ejercen competencias de ejecución de la legislación del Estado en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial.
Las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial garantizarán la divulgación entre la población de las medidas que puedan afectar al tráfico rodado.”
Cuarto.- Que además de lo expuesto anteriormente, la Dirección General de Tráfico, en escrito que adjunto, comunica en fecha 13 de marzo, que es cuando paralizamos y cerramos nuestra actividad, lo siguiente.
“La Dirección General de Tráfico, en función de las competencias que tiene atribuidas ha decidido este viernes ampliar las medidas de prevención en aplicación del protocolo de actuación frente a la exposición al COVID 19.
Se suspenden temporalmente, hasta nuevo aviso, los exámenes teóricos y prácticos -de todas las categorías de vehículos- para la obtención del permiso de conducción en todas las Jefaturas provinciales de tráfico a partir del lunes 16 de marzo. ….”
Por lo que además, de no poder impartir la enseñanza de conducción de vehículos de motor, están paralizadas todas las pruebas para su obtención.
Quinto.- Que a pesar de estar suficientemente justificada la suspensión de la actividad de enseñanza a la conducción hay Mutuas, que están denegando la prestación extraordinaria por cese de actividad a autónomos titulares de autoescuelas asociadas a la Asociación a la que represento.
Sexto.- Que no tiene sentido y crea un estado de indefensión enorme que dependiendo de la Mutua Colaboradora a la que pertenezcas, tienes derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad o no tienes derecho, cuando encima no podemos realizar nuestra actividad y tenemos cerradas nuestras autoescuelas desde el pasado día 13 de marzo.
Séptimo.- Esperamos que sea un error y solicitamos que se aclare a todas las mutuas ya que no dudamos en interponer todas las acciones legales necesarias ya que en un momento tan delicado como el que nos encontramos nos sentimos totalmente indefensos y olvidados.
Se solicita que se incluya la Actividad de Actividades de las Escuelas de Conducción y Pilotaje con número de CNAE 8553 en el listado de actividades de todas las Mutuas Colaboradoras como actividad con derecho a la PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA POR CESE DE ACTIVIDAD, ya que el artículo 9 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, suspende la actividad educativa presencial y además en ningún supuesto del citado Real Decreto se contempla la posibilidad de poder circular para la realización de clases prácticas de enseñanza de conductores por lo que está más que acreditada y justificada la suspensión de dicha actividad.

viernes, 20 de marzo de 2020

TECNICO SUPERIOR EN FORMACIÓN


Hasta el día de hoy, el Certificado de Profesor de Formación Vial, como todos ellos y ellas saben, le habilitan para impartir la enseñanza teórica y práctica y acompañar a sus alumnos en el examen.
El nuevo título transciende al actual certificado en un ámbito de nivel superior ya que habilitará para muchas más funciones.
He leído en alguna parte que la creación de un título de Formación Profesional de Grado Superior es “una demanda que el profesorado de formación vial lleva reivindicando desde hace más de 10 años”. No es del todo correcto. Llevo jubilado algo más de ese tiempo y  mucho antes de jubilarme ya se demandaba un título del Ministerio de Educación y Ciencia. Puedo dar fe de ello. Es cierto que la DGT no mostraba interés alguno en el asunto. Tampoco había mucho entusiasmo, dicho sea de paso, en los representantes de las autoescuelas. Sea como fuere parece que ya ha llegado aunque solo sea, por ahora,  el borrador de un decreto de tanto interés para la profesión.
El objeto de este real decreto es el establecimiento del título de Técnico Superior en Formación para la movilidad segura y sostenible, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, tendrá un nivel de Formación Profesional de Grado Superior. Su formación tendrá una duración de 2000 horas repartidas en dos años y estará en las ramas del conocimiento de las Ciencia Sociales y Jurídicas.
Los módulos profesionales de este ciclo formativo son los que a continuación se relacionan:
- Primeros auxilios.
- Tráfico, circulación de vehículos y transporte por carretera.
- Organización de la formación de conductores.
- Técnicas de conducción.
- Tecnología básica del automóvil.
- Didáctica de la enseñanza práctica de la conducción.
- Educación vial.
- Seguridad vial.
- Didáctica de la formación para la seguridad vial.
-  Movilidad segura y sostenible.
- Proyecto de formación para la movilidad segura y sostenible.
- Formación y orientación laboral.
- Empresa e iniciativa emprendedora.
- Formación en centros de trabajo


Quienes realicen la formación y consigan el título tendrán como competencia general, diseñar, impartir y evaluar la enseñanza dirigida a la educación y formación vial, así como a la movilidad en las vías públicas, formando y sensibilizando a aspirantes a la obtención del permiso o licencia de conducción, a conductores y, en general, a cualquier usuario de la vía, educando en valores de seguridad vial e instruyendo en prevención de accidentes viales laborales y en movilidad sostenible y segura.



En cuanto a las competencias profesionales, personales y sociales de este título son tantas casi como letras tiene nuestro abecedario. Por supuesto que están las propias de un actual director y profesor de autoescuela, pero hay otras que abren un abanico de nuevas perspectivas de trabajo. Entre ellas yo destacaría las siguientes:
h) Desarrollar programas de educación vial, colaborando con los centros educativos  y otras entidades públicas o privadas que lo requieran.
i) Asesorar y colaborar en planes de movilidad segura y sostenible dirigidos a entidades públicas o privadas.
j) Participar en la elaboración, implantación y revisión de planes de movilidad urbana.

Con la creación de este ciclo formativo se incrementan  las posibilidades de ejercicio profesional que tiene el actual certificado de aptitud para directores de escuelas de conductores y de profesores de formación vial, expedido por la Dirección General de Tráfico. Este nuevo título, además de capacitar para un ejercicio profesional más amplio, facilitará el acceso a estudios universitarios.

 Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes para las que habilita el título:

a) Profesor de formación vial.
b) Director de escuelas de conductores.
c) Formador de cursos de sensibilización y reeducación vial.
d) Formador de cursos de mercancías peligrosas.
e) Director de centros de formación de mercancías peligrosas.
f) Educador en programas o actividades de educación vial en centros educativos, centros de mayores, ayuntamientos, asociaciones, empresas, administraciones de ámbito estatal, autonómico o local.
g) Asesor de seguridad vial laboral en entidades públicas y privadas.
h) Asesor en planes de movilidad en entidades públicas y privadas.
i) Docente en seguridad vial.
j) Monitor de cursos de conducción segura.
 Los docentes
La docencia de los módulos  profesionales que constituyen las enseñanzas corresponde al profesorado del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
Cabe destacar la figura del profesor especialista. Será designado para impartir determinados módulos. En principio, el profesorado especialista que imparta los módulos profesionales de “Técnicas de conducción”, “Didáctica de la enseñanza práctica de la conducción” y Seguridad vial” deberá cumplir las condiciones que marque la DGT y contar con todos los permisos de conducción. También habrá un profesor especialista entre el profesorado que imparta el resto de módulos excepto en el de primeros auxilios.

Enseñanza a distancia

 Se abre le poder la posibilidad de estudiar algunos módulos a distancia, siempre que se garantice que el alumnado pueda conseguir los resultados de aprendizaje esperados y exigidos. Se exceptúan los módulos de “Técnicas de conducción” y de “Didáctica
de la enseñanza práctica de la conducción” Estos deberán ser impartidos necesariamente de forma presencial.

Bienvenido sea, aunque algo tarde, título de Técnico Superior en Formación para la movilidad segura y sostenible. Con él se elevará el prestigio social del profesorado de las autoescuelas y abrirá nuevas posibilidades laborales.