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Doce de cada cien conductores conduce después de
consumir alguna sustancia psicoactiva.
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Fumar tres porros multiplica por 7 el riesgo de
accidentes.
La Dirección General de Tráfico pone en marcha una
campaña especial de vigilancia y concienciación sobre el riesgo que supone el
consumo de sustancias psicoactivas y la conducción (del 6 al 12 de junio).
Durante esta semana, los agentes de la Agrupación de
Tráfico de la Guardia Civil (ATGC) intensificarán los controles sobre este
factor de riesgo causante de casi un tercio de los accidentes mortales. Para
ello, se establecerán diferentes puntos de control en todo tipo de carreteras y
a cualquier hora del día, donde se realizarán más de 25.000 pruebas diarias de
alcoholemia y drogas a los conductores que circulen por ellas.
Se pondrá especial énfasis en los colectivos
policonsumidores, aquellos conductores que se ponen al volante y que consumen
habitualmente alcohol y/o drogas.
Con el objetivo de que la campaña se generalice
también en las vías urbanas, Tráfico ha invitado a los ayuntamientos de más de
25.000 habitantes para que se sumen a la campaña, con el establecimiento de
controles en sus respectivos cascos urbanos.
Con este tipo de campaña se quiere crear una mayor
concienciación entre los conductores de que no solamente el alcohol y la
conducción es un binomio peligroso, sino que también las drogas y la conducción
son en numerosas ocasiones sinónimas de muerte.
En 2015, más de 105.000 conductores, dieron positivo
en los controles de alcohol y drogas que los agentes de la ATGC realizaron en
vías interurbanas. A estas cifras hay que sumar la de los controles que
realizan las distintas policías locales y autonómicas en su ámbito de
actuación.
Según la memoria anual del Instituto Nacional de Toxicología, el 39,09% (240) de los 614 conductores fallecidos y
analizados por dicho organismo tenían presencia en sangre de alcohol, drogas o psicofármacos.
En el caso de los peatones analizados (173), este porcentaje asciende al 40%
(69).
El último estudio de prevalencia de consumo de
sustancias
psicoactivas elaborado por la DGT durante el año 2013
concluye que conducir después de haber consumido sustancias psicoactivas es un
hecho frecuente en España, alcanzando a doce de cada cien conductores.
El alcohol es absorbido rápidamente en sangre y afecta
al cuerpo de diferentes maneras tales como reacciones y movimientos más lentos;
problemas de coordinación, dificultades de concentración,incremento de la somnolencia…
Alcohol: ¿Qué dice la ley?
Vía administrativa: La Ley de Seguridad fija las tasas máximas de alcohol permitidas para
los conductores. Así como la prohibición de conducir con presencia de drogas en
el organismo. A continuación tabla sobre tasas máximas de alcohol permitidas
para conducir.
Tasas máximas del alcohol permitidas para conducir
Vía penal: El capítulo
IV del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y
establece las siguientes penas para conducir con exceso de alcohol o bajo la
influencia de drogas.
Todos los informes, estudios y estadísticas de las que
se disponen sobre alcohol/drogas y conducción llevan a un mismo objetivo que es
el de evitar que ciudadanos que hayan ingerido cualquier sustancia psicoactiva
se pongan al volante.
La última reforma de la Ley de Seguridad
Vial en mayo de 2014 contempla para los conductores reincidentes, tomados como
tales aquellos que hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior
por dar positivo a alcohol, la sanción de 1.000€.
Esta misma sanción de 1.000€ se aplica
también a aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el doble de
la permitida.
En el caso de las drogas, la ley prohíbe
conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando
excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con
una finalidad terapéutica.
Esta infracción catalogada como muy
grave está castigada con una sanción de 1.000 € y la retirada de 6 puntos.
Fuente: Nota de prensa del
Ministerio del Interior. Dirección General de Tráfico