viernes, 1 de febrero de 2019

EL LÍMITE DE LOS 90 KILÓMETROS POR HORA YA HA LLEGADO



Bienvenido sea, si así se reduce el número de víctimas de la carretera.

Desde el día 29 de enero, no debemos superar los 90 km/h en carreteras convencionales.

Francia ya redujo la velocidad  el pasado año a pesar de una generalizada oposición de sus ciudadanos, en especial los de las zonas rurales. Sin embargo, después de escasos seis meses de su aplicación, la medida presenta  resultados exitosos y esperanzadores. Se pasó de 90 km/h. a 80 Km/h., y han tenido 189 fallecidos menos (5,5%) que en el 2017. En la misma línea está Suecia —puntera en seguridad vial— que fijó su límite en 70 km/h. Sin embargo Francia ha seguido manteniendo el límite de 130 km/h en autopistas.





En España, el cambio  supone la desaparición de los diferentes límites genéricos de velocidad establecidos  desde principios de los años ochenta del siglo pasado. Se estableció entonces en 90 y 100 km/h para turismos y motocicletas, en función de si la vía disponía o no de metro y medio de arcén practicable. La nueva normativa lo simplifica  reduciéndolo a una limitación general de 90 km/h. No obstante habría que matizar que nos es así en todas las carretera convencionales.




Puede darse el caso de encontrarnos con carreteras convencionales con separación física de los dos sentidos de circulación. Para esta circunstancia, la normativa prevé que el titular de la vía — sea Fomento, Comunidad Autónoma, Diputación, etc…— puede fijar un límite máximo de 100 km/h para turismos, motocicletas y autocaravanas con masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kgs y entonces podríamos circular  también a 100. Las reconoceremos por esa separación física aludida y porque la señal será de 100. En estos tramos no se cambiarán las señales.

La modificación afecta a unos 10.000 kilómetros de vías de la Red General del Estado. A estos hay que sumarles los tramos de carreteras que pertenezcan a las comunidades autonómicas y a las diputaciones.

Con esta medida se pretende reducir la tasa de mortalidad en carreteras secundarias, donde se producen el 75% de accidentes con víctimas en España y en las que la velocidad inadecuada y/o excesiva  es la causa concurrente en el 20 % de los casos, siendo el primer factor de riesgo y agrava las consecuencias del accidente.

 

Esta limitación de 90 km/h está en línea con lo que, en la actualidad, se legisla en Europa. La DGT no hace otra cosa que seguir la tendencia europea. 




España  junto con Austria, Alemania, Irlanda, Polonia y Rumania aún formaba parte de un reducido grupo que mantenía el límite en los 100 kilómetros por hora. Se podría añadir el Reino Unido, que está en 96 km/h, pero estos, ya sabemos, que van por libre.



La medida española también reduce el diferencial de velocidad entre vehículos ligeros (90 km/h) y pesados (80 km/h), una demanda de los sectores profesionales,  y que es común en el resto de países europeos y los expertos aseguran que reduce el riesgo de accidentes. Y parece ser cierto.


Los países de la Unión Europea que tiene las menores tasas de fallecidos por millón de habitantes en accidente de tráfico casualmente tienen un diferencial de límite de velocidad entre vehículos ligeros y pesados, en carreteras convencionales, que oscila entre 0 y 10 km/h.

Tiene su lógica pensar que si todos circuláramos a la misma velocidad, guardando siempre la distancia de seguridad, los accidentes de tráfico se reducirían significativamente



La medida, que supone el cambio de 2.721 señales de tráfico en la Red de Carreteras del Estado, va a costar aproximadamente 526.000 euros (sin IVA). Pero demos por bien empleado este gasto, porque seguro que se reducirán las victimas y una sola vida ya justifica el gasto.


Y como dice mi amigo el sindicalista: ¡que la seguridad vial nos acompañe!