domingo, 19 de enero de 2020

LA FORMACION DEL CONDUCTOR EN EUROPA

MUCHOS CAMINOS PARA LLEGAR A UNA MISMA META

Cada país tiene total libertad para estructurar la formación del conductor, sin embargo todos cumplen con los estándares que marca la UE mediante la Directiva 2006/126/ CU, en la cual se definen las pruebas que deben superar los candidatos para obte­ner el permiso.

La citada Directiva describe los conocimientos teóricos, aptitudes y comportamientos al volante mínimos que deben demostrar los aspirantes. Sin embargo, nada se dice sobre el camino a recorrer para alcanzar la meta.

Dada la libertad de cada país, las diferencias entre los sistemas de preparación dentro de la UE son notables.

Se han hecho intentos para armonizar la formación. De ahí el documento que la Comisión Europea publicó  en el 2017. Es­te documento es el fruto de la reunión de un grupo de expertos en Bruselas que recibieron el encargo de revisar y estudiar los dife­rentes modelos nacionales y analizar las mejores experiencias internacionales, con el objetivo de definir un rumbo co­mún en esta materia.


En este  informe se exponen los datos más relevantes que se desprenden de este estudio europeo. En dicho estudio, basándose en evidencias y rigurosos análisis, el grupo de trabajo formuló un total de 27 importantes recomendaciones para la seguridad vial y, en concreto, para el sistema de formación de conductores, que tienen como objetivo final, entre otros, ayudar a conseguir una mejor preparación de las personas que aspiran a la obtención del permiso de conducir.

Entre las 27 recomendaciones se destacan la inclusión de programas sobre conciencia y aceptación de riesgos en la formación teórica o la sistematiza­ción de prácticas de conducción en dife­rentes tipos de vías, condiciones climá­ticas y niveles de luz. Algunas de estas recomendaciones ya se están siguiendo en muchos países de nuestro entorno.

De las 27 recomendaciones publicadas:
• Seis recomendaciones se refieren de forma directa a los contenidos y métodos de formación teórica de los conductores.
• Dos tienen que ver con la formación práctica.
• Tres están dirigidas a la cualificación de los profesores.
• El resto de recomendaciones corresponden a líneas de investigación que se han de desarrollar en relación con el tema, decisiones legales que pueden tomar los estados miembros de forma voluntaria y acciones que suponen una revisión de las pruebas médicas para la renovación de las licencias.

Tanto los estudios como las experiencias relacionadas con el entrenamiento  de la percepción de situaciones de riesgo y la evitación de esas situaciones se encuentran en un estado muy incipiente pero prometedor. Y dado que las actitudes inseguras o la motivación para conducir con seguridad son de difícil evaluación durante el examen de conducción,  la Comisión Europea ha redactado la recomendación número nueve: Los Estados Miembros deben exigir que los programas de capacitación para conductores incluyan lecciones sobre conciencia de riesgos, aceptación de riesgos, autoconciencia, los peligros de la bebida conducción, distracción y demás”.

Para esta área  de seguridad vial existen dos escenarios de actuación que vendrá a ocupar el vacio existente en la formación actual del conductor:
- Formación en la percepción de riesgos. Hoy  por hoy tan solo es obligatoria en Alemania y opcional en Holanda y Reino Unido.

- Formación sobre en conocimiento del riesgo y el autocontrol y control del mismo. Esta formación es obligatoria y con número fijo de horas en Alemania, Estonia, Finlandia, Luxemburgo  y Suiza.  Es  opcional en Bélgica, Países Bajos y   Reino Unido.

En cualquiera de estos casos esta formación se realiza durante un periodo que denominan de licencia provisional.

  
Se aboga que en el ámbito de la CE se debe promover la inclusión de una prueba de percepción de peligro en el sistema de licencias de todos los Estados miembros.