La Sala Tercera del TS ya dictó una sentencia de fecha 12 de noviembre de
2015 en la que confirmaba la
anulación de una sanción de tráfico por infracción grave, consistente en
saltarse un semáforo en rojo en un paso de peatones, interpuesta en función de
la imagen captada por un dispositivo 'foto-rojo' en San Sebastián.
En este último caso ha sido contra el Ayuntamiento de Catarroja (Valencia).
De los periódicos
Texto publicado en: www.huffngtonpost.es
El Supremo confirma que las multas "de
semáforo" son ilegales
Los "fotorrojos" no tienen controles metrológicos.
La Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS)
ha confirmado la anulación de una sanción de tráfico por infracción grave, consistente
en saltarse un semáforo en rojo en un paso de peatones, interpuesta en función
de la imagen captada por un dispositivo 'foto-rojo'.
En concreto, la Sala no admite el recurso
de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Catarroja (Valencia) contra una
sentencia de 9 de noviembre de 2014 que decretaba la nulidad de las sanciones
de 200 euros y detracción de 4 puntos impuestas por este municipio a un
automovilista que supuestamente rebasó un semáforo en rojo. Además, al
condenado se le imponían unas costas de 2.000 euros.
El ayuntamiento recurrió la sentencia al
considerar que la decisión judicial era "errónea y gravemente dañosa para
el interés general" y le pidió que declarase que "los dispositivos
conocidos como fotorrojos no están sometidos al control metrológico del Estado
por no existir directivas o reglamentos comunitarios ni normativa española que
impongan o exijan dicho control metrológico del Estado".
Sin embargo, el TS inadmite ahora este
recurso al no considerar errónea la doctrina plasmada en la sentencia, que
declara que "el dispositivo foto-rojo" empleado por la administración
realizaba medición lumínica y a pesar de "no estar sujeto a control
metrológico".
Automovilistas Europeos Asociados (AEA)
señala que esta decisión del TS "reitera lo que ya dijo en noviembre de
2015 sobre las infracciones de semáforo captadas por el sistema
"foto-rojo", en contestación a otro recurso planteado por el
Ayuntamiento de San Sebastián (Guipúzcoa) que, además, fue el motivo por el que
desde entonces el consistorio donostiarra dejó de utilizar este sistema de
captación de imágenes de dudosa legalidad.
Más de un centenar sentencias
La asociación indica que ya hace casi una
década que denunciaron por primera vez "la inseguridad jurídica y falta de
garantías de este sistema de captación de imágenes", una situación que,
según apuntan, corroboran distintos juzgados y tribunales de España que han
anulando sanciones impuestas por distintos consistorios en este sentido.
El presidente de AEA, Mario Arnaldo, ha
señalado que las resoluciones judiciales que han anulado las sanciones de 200
euros y 4 puntos, impuestas por los ayuntamientos, superan ya el centenar.
"Es un sistema que, ni garantiza la seguridad vial, ni la seguridad
jurídica y la presunción de inocencia de los ciudadanos", ha denunciado
Arnaldo.