sábado, 12 de mayo de 2018

EL PERMISO DE CONDUCIR DE LA CLASE “B” Y EL MEDIO AMBIENTE


La próxima modificación del permiso de conducir de la clase “B” tiene mucho que ver  con la protección del medio ambiente.


Todos sabemos, al día de hoy, que el tráfico motorizado por nuestras calles es uno de los principales factores del grave deterioro del medio ambiente. La contaminación atmosférica, la acústica, el agotamiento de diversas fuentes energéticas y de otros recursos no renovables, además del gran número de fallecidos y heridos por accidentes de tráfico  constituyen la parte negativa del uso masificado del automóvil. Los vehículos de motor emiten a la atmósfera más de mil elementos y compuestos contaminantes que inciden negativamente en la salud de las personas.


La legislación actual contiene importantes cautelas sobre el tema. Es cada vez más sensible a la relación automóvil-medio ambiente por su trascendencia y su problemática. Basta con echar una ojeada a la normativa de tráfico para comprobar que existe una cierta sensibilidad sobre el particular.



-      Corresponde a los municipios: g) La restricción de la circulación a determinados vehículos en vías urbanas por motivos medioambientales (Art.7.g. LTSV).

-      Se prohíbe la emisión de perturbaciones electromagnéticas, ruidos, gases y otros contaminantes en las vías objeto de esta ley, en los términos que reglamentariamente se determine (Art. 12.5 LTSV).

-      No pueden circular por las vías objeto de esta ley los vehículos con niveles de emisión de ruido superiores a los reglamentariamente establecidos, emitiendo gases o humos en valores superiores a los límites establecidos, ni cuando hayan sido objeto de una reforma de importancia no autorizada (Art. 12.7. LTSV).

-      Los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas podrán proceder a la inmovilización del vehículo, como consecuencia de presuntas infracciones a lo dispuesto en esta ley, cuando: h) El vehículo supere los niveles de gases, humos y ruido permitidos reglamentariamente según el tipo de vehículo (Art.104.1.h).

-       Objeto de las pruebas de aptitud. Todo conductor de vehículos de motor o ciclomotores deberá poseer, para conducir con seguridad, las aptitudes psicofísicas y los conocimientos, habilidades, aptitudes y comportamientos que le permitan: h) Contribuir a la conservación del medio ambiente, evitando la contaminación (RGCon. Art.42 h).

-      B) Pruebas a realizar según la clase de permiso o licencia de conducción solicitados.
1.   Prueba de control de conocimientos común.–El contenido de la prueba de control de conocimientos común a realizar por los solicitantes del permiso de conducción, con excepción de los aspirantes del permiso de conducción de la clase AM, versará sobre las materias que se indican a continuación: 16.ª La utilización del vehículo en relación con el medio ambiente: uso adecuado de las señales acústicas, conducción económica y ahorro de combustible, limitación de emisiones contaminantes y otras medidas a tener en cuenta por el conductor para evitar la contaminación ambiental.

Omitiendo lo que dice al respecto el Reglamento de Vehículos, podemos concluir afirmando  que la regulación jurídico- administrativa del permiso de conducción se preocupa por la protección del medio ambiente en el fenómeno del tráfico de vehículos a motor

Esa sensibilidad a la que venimos aludiendo es la que motiva la  próxima modificación del permiso de conducir de la clase “B”.
  
Parece ser que cuando llegue la próxima modificación del Reglamento de Conductores, los titulares del susodicho permiso podrán conducir, sin necesidad de contar con ningún otro, vehículos de hasta 4.250 kg de masa máxima autorizada. Para ello se exigirán dos requisitos: a) que su titular supere los dos años de antigüedad; b) que el vehículo se mueve mediante un motor ecológico, híbrido, eléctrico, de gas natural, de GLP o de hidrógeno.

Alguien se preguntará, ¿por qué sólo vehículos ecológicos? La razón, en apariencia, es muy sencilla: el peso adicional de estos vehículos, debido a las baterías o a los depósitos de combustible, suele ser superior al de los vehículos convencionales, es decir, los no ecológicos.  España lo único que hace es seguir el camino que otros países europeos ya han iniciado con movimientos similares.


La idea está clara y es plausible: incentivar el uso de este tipo de automóviles.