viernes, 10 de febrero de 2023

UNA SEÑAL POLÉMICA, RIDICULA Y QUE FAVORECE EL EDADISMO

 

A lo largo del año 2023, se actualizarán unas señales de circulación y se crearán y modificarán otras. Veremos señales con un nuevo diseño, otras serán modificadas y algunas ya no las volveremos a ver, desaparecerán. Hay una que a mí, al menos, me produce desazón, fastidio y, por qué no decirlo, hasta cabreo. Me refiero a la siguiente señal:



Desconozco si la propuesta de esta nueva señal ha partido del ministerio de Transportes, del ministerio de Interior o de la Dirección General de Tráfico. Lo cierto es que el padre o la madre de semejante idea se ha cubierto de gloria. Esa mente preclara y brillante puesta al servicio de esta sociedad del siglo XXI, y pensando en sus mayores, han propuesto una señal de tráfico para protegernos a los que hemos sobrevivido a los años del hambre, y otras desgracias de los desaprensivos automovilistas, motoristas, ciclistas y demás fauna que pulula por las vías públicas.

Para advertir a la variopinta fauna que conduce un vehículo cualquiera han propuesto crear la señal de peligro P-21b que advierte del "peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por ancianos… ".

Yo, como anciano que me consideran estas mentes pensantes de una Administración que se dice ser progresista, prefiero que me ignoren y no hagan  propuestas específicas como esta de la señal para no ser atropellado. Ya me cuidaré yo por la cuenta que me tiene.

Como se puede ver, la figura que se ha elegido para representar este peligro es una mujer mayor encorvada apoyándose en  un bastón agarrada por un hombre que le ayuda a cruzar.

Esta imagen no ha gustado nada a las asociaciones de mayores que día a día luchan para erradicar el edadismo tan presente en esta sociedad: “No representa a todos los mayores. Se da una visión del mayor, o en este caso del anciano casi impedido, súper dependiente, que interfiere con el tráfico y que hay que tener cuidado con ellos porque son un peligro, y eso es un poco feo”, ha contado a 65YMÁS, Inocente Gómez, presidente de Secot.

En la misma línea se sitúa Josep Carné (Fatec): “No me gusta porque estamos luchando contra el edadismo y esto tiene el efecto contrario. Parece que porque somos mayores tenemos que tener una señal especial”, lamenta el presidente de la asociación.

La imagen da pena porque representa a una persona vieja con bastón y los mayores somos un grupo heterogéneo. Hay personas que se encuentran perfectamente con independencia de la edad que tengan.

 Para más inri, una periodista de un medio digital ha escrito en su periódico:

En cuanto a las nuevas, se crea la señal P-21b que informa del "peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por ancianos, como un centro dedicado a la tercera edad, una residencia, etc.".(Y aquí viene lo bueno) En ella aparece un dibujo de un peatón joven dando la mano a un peatón de mayor edad que se ve representado como una mujer con un bastón.

¿De verdad es esto lo que  percibe esta periodista al ver la señal? Pues “apañados vamos como diría mi abuelo”.

Creo no pertenecer al grupo de los que se la cogen con papel de fumar, pero la señal en cuestión tiene su enjundia.“La señal pertenece al más burdo de los edadismos”, asegura Carlos San Juan, aquel  que tanto revuelo armó con la brillante frase: “soy mayor, pero no idiota”.

En este caso y parafraseando al señor San Juan podríamos decir: soy mayor, si quieren, anciano, pero no más peligroso que cualquier otro peatón.

Para eliminar connotaciones de género se han modificado alguna señal como ha sido el caso de la señal P-21 que advierte del “peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por niños”


Ahora, en la nueva  es una chica quien lleva al niño de la mano.

El señor San Juan publica una carta abierta al director de la DGT, Pere Navarro en la que califica la “imagen que han escogido” como “patética, anacrónica y obsoleta”, además de “edadista, estigmatizante e incluso humillante”.

San Juan pide en esa carta a Navarro «que cambie ya, esta lamentable representación de una generación de más de nueve millones de españoles».

Patricia Fernández, coordinadora de la PMP, manifiesta: "Si bien estamos de acuerdo con la adopción de medidas centradas en la prevención de accidentes, lamentamos la elección de la gráfica empleada, pues creemos que hay que romper con estereotipos edadistas y avanzar en un enfoque de envejecimiento activo y saludable en relación a la percepción e imagen social de las personas mayores, máxime desde las Administraciones Públicas".

Adela Cabezas, presidenta de CONJUPES, manifiesta que es una "indignación total”. Me parece ningunearnos de manera mayúscula. Representarnos con dos bastones nos hace parecer a todos los mayores inválidos y no es así. Yo creo que no necesitamos señales de este tipo, con los semáforos por colores me parece suficiente".

Si los gurús de la Seguridad Vial creen que es necesario una señal para advertir de la presencia de personas con problemas de movilidad, diseñen una y encuádrenla en el grupo de las  informativas. 

Las asociaciones coinciden en que no es mala idea incorporar una señal que avise de la proximidad a un centro de mayores o una residencia, pero no de esa manera irreverente, irrespetuosa, despreciativa y carente de imaginación.

Organizaciones como CEOMA (Confederación Española de Organizaciones de Mayores) o la asociación Mayores de Telefónica proponen en cambio representar a los mayores con una señal de tráfico que represente a una persona y que incluya una marca en la esquina superior con un “+65”. Aunque otra opción sería emplear una letra, como una R de residencia, con el “+65” encima o el icono de una casa o un edificio con el “+65” dentro del mismo. Cualquier idea mejoraría a la propuesta.

¿Si los representantes de la Administración nos visualizan como personas inválidas y disminuidas, ¿qué podemos esperar del    resto de la sociedad?




domingo, 29 de enero de 2023

LA JUSTICIA EUROPEA TILDA DE ILEGAL EL REPARTO DE CURSOS DE RECUPERACIÓN DE LA DGT

 

Es un titular más de los  muchos que hemos podido leer estos días con respecto a la adjudicación en exclusiva de los cursos de recuperación de puntos. De nuevo en entredicho una vez más las decisiones de la DGT.  



La Sala Tercera del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), según sentencia dictada el pasado día 19 de Enero,  ve ilegal  el sistema aplicado por la Dirección General de Tráfico (DGT) para repartir la adjudicación de los cursos para la recuperación de los puntos del permiso de conducción.  

Es bueno recordar  cómo fue ese reparto. España (a excepción de Cataluña y País Vasco) está dividida en cinco zonas y en cada una de ellas hay un adjudicatario único. Fue en 2014 cuando la Dirección General de Tráfico anunció una licitación para adjudicar, mediante concesión de servicio público, la gestión de los cursos con los que los conductores españoles pueden recuperar puntos perdidos.

El adjudicatario seleccionado para cada una de esas zonas se convirtió, así, de la noche a la mañana en el único que podía impartir los citados cursos en la zona correspondiente. El control de este sistema de recuperación de puntos es suyo en exclusiva.

En cada zona solo puede haber un prestador autorizado a realizar los cursos. No significa esto que solo hay cinco centros de recuperación de puntos en España, sino que solo hay cinco entidades responsables que se encargan de gestionar los centros en el área que les haya correspondido.

La adjudicación recayó en este caso en la Confederación Nacional de Autoescuelas (CNAE), UTE CNAE-ITT-FORMASTER-ECT

Este modelo fue denunciado por la Asociación para la Defensa de los Intereses Comunes de las Autoescuelas (AUDICA), hace aproximadamente 8 años. En una primera instancia, la demanda se presentó frente a las administraciones, no obstante, estas no la tuvieron en cuenta.

AUDICA impugnó la licitación ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, alegando que la adjudicación de dichos cursos de sensibilización y reeducación vial mediante contratos de concesión de servicio público era contraria a la libre prestación de servicios.

      Mediante resolución de 23 de enero de 2015, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales desestimó el recurso de AUDICA.

      A continuación, esta interpuso recurso contencioso-administrativo contra dicha resolución ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

     Mediante sentencia de 28 de noviembre de 2018, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional estimó el recurso de AUDICA y anuló la resolución del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales de 23 de enero de 2015 y la licitación controvertida en el litigio principal. El Ministerio Fiscal intervino en apoyo de las tesis de AUDICA.

      La susodicha resolución fue recurrida en casación ante el Tribunal Supremo que es el órgano jurisdiccional remitente por la Administración General, y la Confederación Nacional de Autoescuelas (CNAE),UTE CNAE-ITT-FORMASTER-ECT, adjudicatarias de la concesión.

El órgano jurisdiccional remitente comparte las dudas expresadas ante él por el Ministerio Fiscal en cuanto a la compatibilidad, en particular con la Directiva 2006/123, de la adjudicación de cursos de sensibilización y reeducación vial para la recuperación de puntos del permiso de conducción mediante concesión de servicio público. No obstante, dicho órgano jurisdiccional considera que no carece de pertinencia la alegación de la Administración General de que no es posible comparar, de manera efectiva, la formación inicial propuesta por las autoescuelas y esos cursos de sensibilización y reeducación vial. Según la Administración General, existe una diferencia cualitativa entre estos dos tipos de cursos: a diferencia de los cursos de sensibilización y reeducación vial, la formación inicial no se dirige a personas que han infringido las normas de circulación. Además, la obtención del permiso de conducción exige superar un examen que no gestionan las propias autoescuelas

El veredicto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que conocemos ahora, es una respuesta a la cuestión prejudicial remitida por el Tribunal Supremo de España y se traduce en que la DGT tendría que cambiar el modelo de adjudicación de los cursos de recuperación de puntos.

Los jueces europeos subrayan que corresponde al Tribunal Supremo apreciar estos extremos, pero aportan en su fallo “algunas indicaciones con el fin de proporcionarle una respuesta útil”. 

Los argumentos del Tribunal de Justicia de la UE

¿Qué es lo que dice el Tribunal de Justicia de la Unión Europea? Considera que el sistema elegido por la DGT para adjudicar los cursos con los que se recuperan los puntos está en contra de la libertad de establecimiento (protegida por las normas europeas) porque limitarlos a un solo concesionario por zona geográfica es una condición desproporcionada.

Señala, además, una limitación importante a esa libertad porque implanta una división de España en cinco zonas y cada una de ellas, solamente un único adjudicatario puede prestar el servicio. Y recuerda que estas limitaciones a la libertad de establecimiento únicamente se autorizan en la Unión Europea si no son discriminatorias y si, al mismo tiempo, son necesarias y proporcionadas.

Añade que la fórmula no cumple la legislación comunitaria de libre prestación de servicios porque va más allá de lo necesario para lograr el objetivo de interés general marcado: mejorar la seguridad vial. Y es que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea cree que existen medidas menos restrictivas para alcanzar el objetivo y recuerda que un régimen de autorización administrativa (como el que tienen las autoescuelas) es una fórmula válida.

A pesar de ello, Tráfico ha seguido manteniendo el mismo modelo hasta día de hoy. Sin embargo, teniendo en cuenta la presión ejercida por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, parece ser que esto podría cambiar más pronto que tarde.

Y uno se pregunta: ¿por qué la DGT se ve metida cada dos por tres en litigios que, por lo general, suele perder?

Fuentes: -sentencia del tribunal de justicia (sala tercera)de 19 de enero de 2023.

             -conclusiones del abogado general

             - diversos periódicos digitales


lunes, 19 de diciembre de 2022

¡¡¡BIEN POR UGT!!!“ ...AL CESAR LO QUE ES DEL CESAR”.

 


En estos últimos tiempos ha venido proliferado un tipo de autoescuelas que han tergiversado la legislación laboral con, en especial con  los profesores de de prácticas haciéndoles un contrato mercantil en lugar de un contrato laboral.

En algunos casos, la autoescuela contrata a un profesor o profesora de modo mercantil (no laboral). El vehículo es propiedad de la autoescuela que se lo cede al profesor o profesora en cuestión para que imparta las clases de prácticas.

Por su parte, este o esta está dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos y en consecuencia factura sus servicios profesionales a la autoescuela a razón de una determinada cantidad por alumno.

En otros casos se riza más el rizo, pues el verdadero titular del vehículo es el profesor o profesora que se lo alquila a la autoescuela, a fin de que esta pueda obtener la correspondiente autorización de la Jefatura Provincial de Tráfico.

En uno y otro caso el profesor/a se encuentra dado de alta  en el régimen especial de trabajadores autónomos y factura a la autoescuela.

CNAE, en su día, hizo la consulta pertinente a la Subdirección General de Trabajo Autónomo, pero todo siguió igual. Solicitaba en su  escrito una respuesta oficial, lo más fundamentada posible. También deseaban saber posibles consecuencias administrativas y/o judiciales que podrían acarrear tales situaciones, al parecer irregulares.

La respuesta a la consulta sugería denunciar las posibles irregularidades ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. No sé si CNAE interpuso la denuncia. Si lo hizo, el que suscribe estas líneas lo ignora. Quien parece que sí lo ha hecho ha sido UGT.



En estos últimos días de Diciembre he llegado a leer titulares con textos como los siguientes: 

- Trabajo “laboraliza” a los profesores de una autoescuela dirigida por un exdirectivo de Deliveroo (europapress.es)

-  UGT consigue laboralizar a los “colaboradores” de la autoescuela digital Onroad (www.ugt.es)

- UGT consigue laboralizar a los “colaboradores” de la autoescuela digital Onroad (www.ugt.es)

- Trabajo desmonta el sistema de falsos autónomos de la autoescuela digital Onroad (eldiario.es)


 - La Inspección de Trabajo echa el alto a la autoescuela digital Onroad (diarioabierto.es)


Lo que tanto esperaban muchas autoescuelas ha llegado. La Inspección de Trabajo ha procedido a dar de alta en el Régimen General de la Seguridad Social a todos los trabajadores que apare-cían como colaboradores de la autoescuela digital 'Onroad' tras una denuncia de UGT.

El sindicato exige impulsar la Directiva Europea sobre el trabajo en plataformas digitales y una legislación que persiga, de forma eficaz, los fraudes que cometen.

El 14 de diciembre de 2021, UGT denunció ante la Inspección de Trabajo a la autoescuela Onroad, una plataforma digital dedicada a la enseñanza vial a distancia, por utilizar como autónomos a profesores de autoescuela que además tenían que poner su vehículo. El sindicato realizó esta denuncia en el marco de un estudio europeo sobre trabajo en plataformas llamado.

El 19 de noviembre de 2022 la Inspección de Trabajo de Madrid h dado de alta de oficio en el Régimen General de la Seguridad Social a todos los trabajadores que aparecían como colaboradores de la plataforma francesa “Onroad”.

La autoescuela ONROAD llegó a España en los primeros meses del año 2020 y, según UGT, ha sido dirigida por un antiguo directivo de Deliveroo, Marco Civolani. No es de extrañar que esta empresa originaria de Francia pretendiera imponer el mismo modelo fraudulento de las plataformas digitales de reparto.


Esta empresa ha vendido las mismas ideas sobre flexibilidad, revolucionar el mercado y un modelo de negocio basado en la libertad. Detrás de ello, como se ha demostrado, se ha encontrado, según UGT, precariedad laboral, falsos autónomos que debían asumir todos los costes, incluidos el vehículo de autoescuela, y eternas jornadas de trabajo (los alumnos podían seleccionar las clases prácticas desde las 7 hasta las 23 horas).  Su modelo revolucionario en la enseñanza estaba basado en videos de Youtube y no se ajustaba a la legislación sobre la enseñanza de autoescuelas que exige unas instalaciones apropiadas para la enseñanza y cumplir con los requisitos para esta actividad empresarial.

UGT exige que llegue ya la Directiva Europea para regular a todas las plataformas

El sindicato exige, tanto al Ministerio de Trabajo como a los parlamentarios de la Unión Europea, que se impulse la elaboración de esta Directiva, de forma urgente y, sobre todo, se aborde una regulación adecuada que evite el fraude en la contratación.

El sindicato, que colabora en el proyecto “Don´t gig up, ¡never!”, reafirma su compromiso para investigar y perseguir los fraudes que cometen algunas de estas plataformas.

¡¡¡Bien por UGT!!!

FUENTE: VARIOS PERIÓDICOS DIGITALES

 

 

 

 



viernes, 2 de diciembre de 2022

NUEVA ACREDITACIÓN DE LA DGT (III)

 Habilitará para impartir  cursos de conducción segura y eficiente para turismos

(III)

El Índice de contenido teórico para acreditación de monitores de turismo está integrado por 10 temas que giran en torno al cumplimiento normativo y de señalización, anticipación, estado del vehículo, etc.


Tema 1.- Introducción: Cursos de conducción segura y eficiente : objetivos y destinatarios.

 

Tema 2.- El accidente de tráfico, falsas creencias, concepto actual, “accidentes e incidentes”. Concepto de conducción segura y principios básicos para su puesta en práctica.

 

Tema 3.- Reglas de seguridad. “RSM – PVO”. La observación como principio fundamental para una conducción segura. Saber

dirigir la mirada. La comunicación con otros usuarios, importancia de la señalización. La toma de decisiones, presupuestos para una actuación adecuada. La posición en la vía, uso de carriles, especial referencia a las distancias de seguridad. La velocidad. Velocidad adecuada e inadecuada, sus efectos para la seguridad.

 

Tema 4.- Cumplimiento normativo y de la señalización. La vía como elemento a compartir, necesidad de una regulación. Relación entre normas y conducción segura. Conducción dirigida, señales vs costumbres.

 

Tema 5.- Principales factores de riesgo: distracciones durante la conducción. Alcohol y drogas. Velocidad.

 

Tema 6.- Anticipación durante la conducción.

 

Tema 7.- Conducción nocturna y/o en condiciones meteorológicas adversas.

 

Tema 8.- Importancia del estado del vehículo. Comprobaciones previas. Especial referencia a los neumáticos.

 

Tema 9.- La nueva movilidad y sus riesgos, la protección de los usuarios vulnerables.

 

Tema 10.- Relación entre conducción eficiente y conducción segura.

Se llevará a cabo una prueba de conducción de un turismo facilitado por la DGT por vías abiertas al tráfico. En ella, y siguiendo las indicaciones de un instructor, se desarrollará una clase de técnica de conducción comentada en la que se irá transmitiendo el comportamiento adecuado a cada situación, especialmente en lo relativo a observación y anticipación, cumplimiento de la señalización, aplicación de las reglas de seguridad y comportamiento reglamentario; todo ello poniendo en práctica una conducción eficiente.

Se valorarán la técnica de conducción, el nivel de conocimientos y la claridad de las explicaciones. La duración será de aproximadamente 30 minutos.

 (Fuente:DGT)

 

miércoles, 30 de noviembre de 2022

NUEVA ACREDITACIÓN DE LA DGT (II)

 

Habilitará para impartir  cursos de conducción segura y eficiente para motocicletas

(II)

El Índice de contenido teórico para motocicleta recoge 10 temas que abarcan desde los conceptos de accidente de tráfico o conducción segura hasta la nueva movilidad urbana, pasando por situaciones y factores de riesgo, equipamiento, cruces y glorietas, etc.

Tema 1.- Introducción: Cursos de conducción segura y eficiente : objetivos y destinatarios.

 Tema 2.- Factores de riesgo: Velocidad, drogas y alcohol, distracciones.

 Tema 3.- El accidente de tráfico, falsas creencias, concepto actual, “accidentes e incidentes”. Concepto de conducción segura y principios básicos para su puesta en práctica.

 Tema 4.- Nueva movilidad urbana, convivencia en las ciudades de todos los usuarios de la vía. Especial referencia a usuarios vulnerables.

Tema 5.- Principales situaciones de riesgo en vía urbana: especial atención a las intersecciones.Prioridad. Distancia de seguridad. Posicionamiento en el tráfico. Cruces y glorietas. Giros cerrados. Rebasamientos y filtrados.

 Tema 6.- Principales situaciones de riesgo en vías convencionales: Especial atención a la salida de vía. Prioridad. Distancia de seguridad. Posicionamiento en el tráfico. Circulación en grupo. Trayectoria de curvas. Adelantamientos.

 Tema 7.- Estado del vehículo y Equipamiento para la protección individual, importancia para la seguridad.

 Tema 8.- La posición de conducción.

 

Tema 9.- Observación y anticipación. La importancia de ver y ser vistos.

 

Tema 10.- Conducción en condiciones meteorológicas adversas.

En la evaluación se valorarán el nivel de conocimientos, la claridad en la exposición y la resolución de las cuestiones planteadas por los miembros de la comisión de evaluación.

Prueba prática

Para la realización de esta prueba el aspirante deberá aportar motocicleta propia y equipamiento de seguridad.

Características de la motocicleta:

  • Documentación del vehículo en vigor (ITV, seguro) y encontrarse en buen estado de alumbrado, frenos y neumáticos con las presiones adecuadas.
  • De dos ruedas de, al menos, 15 pulgadas de diámetro.
  • Deberá tener una masa en vacío superior a 175 kg.
  • La cilindrada no podrá ser inferior a 595 cm³ ni la potencia estar por debajo de los 50kw.
  • Ha de estar provista de caja de cambios manual.

 Equipación de seguridad mínima:

  • Casco homologado, integral o modular.
  • Cazadora y pantalón o mono homologados y provistos de las correspondientes protecciones en espalda, hombros y codos para las cazadoras y en rodillas para los pantalones. Los monos deberán contar en su conjunto con todas las protecciones exigidas para cazadoras y pantalones.
  • Guantes y botas de motorista.

 

La prueba consistirá en la ejecución de dos ejercicios que se propongan de entre los que se describen a continuación, disponiendo el aspirante de dos oportunidades para acometer cada uno de ellos. Se realizará bajo la supervisión de dos instructores designados por la Subdirección Adjunta de Formación Vial y se evaluará la ejecución aplicando los criterios oficiales utilizados por la DGT al calificar las pruebas en circuito cerrado para la obtención de los permisos de motocicleta.

ESLALON ASIMÉTRICO

GIRO 360



FRENADA CON ESQUIVE



GIRO 180




(Fuente: DGT)



domingo, 27 de noviembre de 2022

NUEVA ACREDITACIÓN DE LA DGT

 Habilitará para impartir  cursos de conducción segura y eficiente

(I)

La DGT anuncia la apertura de la convocatoria de las jornadas de acreditación de formadores para los cursos de motocicleta y turismo

 

La modificación de la Ley de Seguridad Vial 6/2015 obrada por la Ley 18/2021, de 20 de diciembre apuesta, entre otras medidas, por una mejora del comportamiento de las personas que conducen a través de la realización de cursos de conducción segura y eficiente. Estos cursos, de carácter voluntario, una vez desarrollados mediante la correspondiente Orden del Ministerio del Inte-rior, serán una oportunidad para aquellos conductores que de-seen perfeccionar su conducción, y el aprovechamiento de los mismos supondrá la bonificación de dos puntos en su permiso de conducción, siempre y cuando se cumplan los requisitos y condiciones exigidos al efecto.


Estos cursos llevan años impartiéndose por diferentes centros de formación, asociaciones, escuelas particulares de conductores, etc. Alcanzando un prestigio notable. No obstante, ahora se ha establecido un nuevo marco normativo que determina la certificación de los cursos de conducción segura y eficiente con los estándares establecidos por la DGT en cuanto a personal cualificado, instalaciones, vehículos, contenidos y otros medios materiales.






Así, con el fin de reconocer la experiencia a los monitores que han estado ejerciendo de formadores en cursos de conducción segura y eficiente para motocicletas y turismos hasta la actualidad y no disponen de la titulación de profesores de formación vial, la DGT ha convocado unas jornadas de acreditación a tal efecto.

1 Requisitos para los candidatos

Es obligatorio cumplir todos y cada unos de los siguientes requisitos:

·        Ser titular del permiso de conducción (clase A para motos y B para turismos) válido y en vigor, con una antigüedad mínima de cinco años.

 

·        No haber tenido ninguna pérdida de vigencia del permiso de conducción por pérdida del saldo de puntos o condena penal por delitos contra la seguridad vial en los diez años anteriores a la solicitud de participación de este proceso de acreditación.

 

·        Presentar una certificación expedida por una empresa de experiencia en impartición de cursos de conducción segura (de motocicletas o turismos, en función de la acreditación a la que se opte), habiendo impartido un mínimo de cien horas de formación dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la solicitud de participación en este proceso de acreditación y dividida en un mínimo de treinta horas de formación teórica y setenta de formación práctica.

 

·        Junto a esa certificación se deberá presentar la cotización a la Seguridad Social como trabajador de esa empresa o documento acreditativo similar. Si se trata de un autónomo, la certificación será sustituida por una declaración del propio empresario y los justificantes de las cotizaciones correspondientes.

 

2.- El plazo de admisión de solicitudes

Quienes deseen tomar parte en las jornadas de acreditación y cumplan con los requisitos exigidos, deberán rellenar el formulario de inscripción diseñado para tal fin. El plazo de admisión de solicitudes terminará el día 1 de diciembre de 2022. El trámite debe hacerse en línea y será gratuito.

3.-Publicación de listas de admitidos

  • La relación provisional de admitidos y excluidos, así como la sede adjudicada se publicarán en esta misma web a lo largo del mes de diciembre (previsiblemente en la primera quincena)
  • Las reclamaciones deberán remitirse a la cuenta de correo electrónico monitoresconduccionsegura@dgt.es en el plazo que se recoja en la propia relación provisional.
  • Una vez examinadas las alegaciones por parte de la comisión de evaluación, se publicará en esta misma web y durante el mes de diciembre la lista definitiva de convocados, con la sede, fecha y hora de citación para la realización de las correspondientes pruebas.

 

 

4.-  Fecha y lugar de celebración

Las jornadas se celebrarán a partir del día 9 de enero de 2023 y se desarrollarán en las provincias de Madrid, Sevilla, Zaragoza, León y Albacete. Será requisito indispensable para cada sede que esta sea solicitada por un mínimo de treinta candidatos. En caso de no alcanzarse esa cifra mínima, aquellos solicitantes que eligieron la sede descartada deberán acudir a la sede de Madrid.

5.- Desarrollo de las jornadas

Las jornadas de acreditación para instructores de los cursos de seguridad y conducción eficiente para motocicletas y turismos siguen un desarrollo análogo. En ambos casos, se deberán superar dos pruebas con carácter eliminatorio: una de conocimientos teóricos y otra práctica. Como el procedimiento es único, no está contemplada la posibilidad de recuperación, si no se superan las pruebas.

La comisión de evaluación designada estará integrada por funcionarios pertenecientes a la Subdirección General de Formación y Educación Vial.

La prueba teórica para la acreditación de monitores para cursos de conducción segura y eficiente, tanto para motocicleta como para turismo, se realizará ante dos miembros de la comisión de evaluación y consistirá en una exposición de unos 10 minutos de duración sobre un tema extraído al azar del índice del contenido teórico.

De la prueba práctica daremos información en la pr´xima entrada.

 (Fuente:DGT)