viernes, 20 de marzo de 2020

TECNICO SUPERIOR EN FORMACIÓN


Hasta el día de hoy, el Certificado de Profesor de Formación Vial, como todos ellos y ellas saben, le habilitan para impartir la enseñanza teórica y práctica y acompañar a sus alumnos en el examen.
El nuevo título transciende al actual certificado en un ámbito de nivel superior ya que habilitará para muchas más funciones.
He leído en alguna parte que la creación de un título de Formación Profesional de Grado Superior es “una demanda que el profesorado de formación vial lleva reivindicando desde hace más de 10 años”. No es del todo correcto. Llevo jubilado algo más de ese tiempo y  mucho antes de jubilarme ya se demandaba un título del Ministerio de Educación y Ciencia. Puedo dar fe de ello. Es cierto que la DGT no mostraba interés alguno en el asunto. Tampoco había mucho entusiasmo, dicho sea de paso, en los representantes de las autoescuelas. Sea como fuere parece que ya ha llegado aunque solo sea, por ahora,  el borrador de un decreto de tanto interés para la profesión.
El objeto de este real decreto es el establecimiento del título de Técnico Superior en Formación para la movilidad segura y sostenible, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, tendrá un nivel de Formación Profesional de Grado Superior. Su formación tendrá una duración de 2000 horas repartidas en dos años y estará en las ramas del conocimiento de las Ciencia Sociales y Jurídicas.
Los módulos profesionales de este ciclo formativo son los que a continuación se relacionan:
- Primeros auxilios.
- Tráfico, circulación de vehículos y transporte por carretera.
- Organización de la formación de conductores.
- Técnicas de conducción.
- Tecnología básica del automóvil.
- Didáctica de la enseñanza práctica de la conducción.
- Educación vial.
- Seguridad vial.
- Didáctica de la formación para la seguridad vial.
-  Movilidad segura y sostenible.
- Proyecto de formación para la movilidad segura y sostenible.
- Formación y orientación laboral.
- Empresa e iniciativa emprendedora.
- Formación en centros de trabajo


Quienes realicen la formación y consigan el título tendrán como competencia general, diseñar, impartir y evaluar la enseñanza dirigida a la educación y formación vial, así como a la movilidad en las vías públicas, formando y sensibilizando a aspirantes a la obtención del permiso o licencia de conducción, a conductores y, en general, a cualquier usuario de la vía, educando en valores de seguridad vial e instruyendo en prevención de accidentes viales laborales y en movilidad sostenible y segura.



En cuanto a las competencias profesionales, personales y sociales de este título son tantas casi como letras tiene nuestro abecedario. Por supuesto que están las propias de un actual director y profesor de autoescuela, pero hay otras que abren un abanico de nuevas perspectivas de trabajo. Entre ellas yo destacaría las siguientes:
h) Desarrollar programas de educación vial, colaborando con los centros educativos  y otras entidades públicas o privadas que lo requieran.
i) Asesorar y colaborar en planes de movilidad segura y sostenible dirigidos a entidades públicas o privadas.
j) Participar en la elaboración, implantación y revisión de planes de movilidad urbana.

Con la creación de este ciclo formativo se incrementan  las posibilidades de ejercicio profesional que tiene el actual certificado de aptitud para directores de escuelas de conductores y de profesores de formación vial, expedido por la Dirección General de Tráfico. Este nuevo título, además de capacitar para un ejercicio profesional más amplio, facilitará el acceso a estudios universitarios.

 Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes para las que habilita el título:

a) Profesor de formación vial.
b) Director de escuelas de conductores.
c) Formador de cursos de sensibilización y reeducación vial.
d) Formador de cursos de mercancías peligrosas.
e) Director de centros de formación de mercancías peligrosas.
f) Educador en programas o actividades de educación vial en centros educativos, centros de mayores, ayuntamientos, asociaciones, empresas, administraciones de ámbito estatal, autonómico o local.
g) Asesor de seguridad vial laboral en entidades públicas y privadas.
h) Asesor en planes de movilidad en entidades públicas y privadas.
i) Docente en seguridad vial.
j) Monitor de cursos de conducción segura.
 Los docentes
La docencia de los módulos  profesionales que constituyen las enseñanzas corresponde al profesorado del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
Cabe destacar la figura del profesor especialista. Será designado para impartir determinados módulos. En principio, el profesorado especialista que imparta los módulos profesionales de “Técnicas de conducción”, “Didáctica de la enseñanza práctica de la conducción” y Seguridad vial” deberá cumplir las condiciones que marque la DGT y contar con todos los permisos de conducción. También habrá un profesor especialista entre el profesorado que imparta el resto de módulos excepto en el de primeros auxilios.

Enseñanza a distancia

 Se abre le poder la posibilidad de estudiar algunos módulos a distancia, siempre que se garantice que el alumnado pueda conseguir los resultados de aprendizaje esperados y exigidos. Se exceptúan los módulos de “Técnicas de conducción” y de “Didáctica
de la enseñanza práctica de la conducción” Estos deberán ser impartidos necesariamente de forma presencial.

Bienvenido sea, aunque algo tarde, título de Técnico Superior en Formación para la movilidad segura y sostenible. Con él se elevará el prestigio social del profesorado de las autoescuelas y abrirá nuevas posibilidades laborales.

miércoles, 11 de marzo de 2020

DE PROFESOR DE AUTOESCUELA A TÉCNICO SUPERIOR EN FORMACIÓN


Ayer, Profesor de Autoescuela, hoy, Profesor de Formación Vial y mañana, Técnico Superior en Formación para la movilidad segura y sostenible.

En tiempos pretéritos, eran más conocidos como  “instructores” o “monitores”. Así era cuando a la autoescuela se la conocía como “escuela de chauffeurs”. El Código de la Circulación de 1934 en su  artículo 281 a los encargados de la enseñanza de la conducción da la denominación de profesores.

 “La enseñanza se regulará en cada caso por un Reglamento que
será sometido a la aprobación de la Dirección general de Industria, previo informe de la Jefatura de Industria de la demarcación en que se desee ejercer aquella y en él se especificará todo lo referente a profesores, método y material destinado a ella.” (Gaceta de Madrid.- Núm.269 26 Septiembre 1934).

Mucho ha llovido desde entonces y la preparación de los actuales profesores no se parece en nada a la de aquellos de los años cuarenta y cincuenta del pasado siglo.

Para ejercer la profesión bastaba con tener el permiso de conducir de la clase D y obtener una certificación de aptitud del Instituto de Psicología Aplicada y Psicotécnica. Había quien decía que era más largo el nombre de organismo que las pruebas a superar.



El primer Reglamento de Autoescuelas  surge con la orden de  29 de marzo de 1969 del entonces llamado Ministerio de la Gobernación. Mediante esta Orden se aprueban las normas por las que ha de regirse en lo sucesivo la autorización y el funcionamiento  de las escuelas particulares de conductores de vehículos de tracción mecánica así como los requisitos para ejercer como profesor. Entre estos requisitos estaban: la edad mínima (21 años); el permiso de conducir correspondiente a la clase de enseñanza que hubiera de impartir con una antigüedad mínima de 3 años; certificado de estudios o título de bachiller elemental o equivalente (los que no disponían de tales estudios tenían que hacer un examen de cultura general); por último, superar las pruebas que estableciera la Jefatura Central de Tráfico.

Debido a que, cuando entró en vigor esta Orden había profesores ejerciendo la actividad debidamente autorizados por Industria, se les concedió un plazo de 2 años para seguir un curso de Información Pedagógica para profesores de escuelas de conductores en el Centro de Formación de Monitores de la organización Sindical.

La superación de este curso eximia de realizar las pruebas establecidas exigidas a los que iban a ejercer la profesión por primera vez. 


Pasan los años y en octubre de 1984 se publica un nuevo Reglamento para las autoescuelas. En su artículo 6 decía: Son profesores las personas dedicadas a impartir enseñanzas teóricas y prácticas necesarias para la obtención de un permiso de conducción.


El primer requisito exigido para serlo era obtener el certificado de aptitud de Profesor de Formación Vial. En verano de 1985 se publica la Orden por la que se  establecen las normas básicas y generales para la obtención del susodicho certificado.

·       Para acceder a la condición de Profesor de Formación Vial es necesario,  entre otros requisitos, obtener el pertinente Certificado Oficial de aptitud que se obtiene superando los cursos convocados al efecto por la Dirección General de Tráfico.

·       Los cursos fueron de dos clases, unos destinados a los que ya eran profesores de Autoescuela, pero deseaban obtener el nuevo certificado de Profesor de Formación Vial y otros para aquellos  que querían entrar en la profesión.

·       Hubo profesores que no quisieron hacer el citado curso y siguieron trabajando con el que ya tenían hasta que dejaron la profesión; otros, por el contrario, lo  hicieron, lo superaron y la DGT les expidió su correspondiente certificado de Profesor de Formación Vial.


Han pasado poco  más de tres décadas y ya tenemos, en este caso, no un  certificado más sino un título académico que da valor a esta noble profesión que nos ha ocupado y preocupado durante muchos años.

Tenemos noticias de la existencia de un proyecto de real decreto por el que se establece el título (ya está bien de certificados) de Técnico Superior en Formación para la movilidad segura y sostenible. Pero, ojo, que solo es un proyecto. Pinta bien este proyecto y espero y deseo que pronto sea una realidad, aunque ya hay algún representante provincial de autoescuelas que dice estar  “muy preocupado” porque piensa que no va a existir “el suficiente relevo generacional”.

(Nota: Comentaremos el proyecto en una próxima entrada)








jueves, 27 de febrero de 2020

PRECARIEDAD LABORAL EN EL SECTOR DE LAS AUTOESCUELAS



Ayer miércoles, los trabajadores de autoescuela de la provincia de Pontevedra llevaron Leer noticia a cabo el paro de tres horas que venían anunciando en protesta por la precariedad laboral que vienen padeciendo. Denuncian el incumplimiento de su convenio y las condiciones laborales "insostenibles" que padecen.

Leer noticia en:     

domingo, 16 de febrero de 2020

CONDUCIR EN ALEMANIA A LOS 17 AÑOS


En Alemania existe lo que se llama “Begleitete Fahren ab 17” (BF17). Es una autorización especial para conducir automóviles a los 17 años. Esta autorización habilita a conducir a su titular, siempre y cuando vaya acompañado por un conductor adulto autorizado, que debe cumplir con unos requisitos  determinados.

La juventud  alemana está  bastante satisfecha de esta modalidad de acceso al permiso de conducir.

En 2016, alrededor de 336,500 jóvenes obtuvieron su licencia de conducir a la edad de 17 años. De todas las licencias de conducir de clase B emitidas en 2016, alrededor del 36% las obtuvieron a los 17 años. Alrededor del 38%, entre los 18 y 24 años. Y casi el 23% entre los 25 y 44 años (fuente: KBA ).

En abril del 2004 el estado federal de Baja, preocupado por el número de accidentes que venían sufriendo los conductores jóvenes, puso en marcha una prueba piloto: una autorización para poder conducir acompañado a partir de los 17 años(BF17). Solo en este estado federal se podía obtener de conducir por este camino.
Los  conductores jóvenes, que siguieron el modelo de Baja Sajonia, causaron el 28,5% menos accidentes a partir de cumplir los 18 años y cometieron un 22,7% menos de infracciones que le resto de conductores que obtuvieron su permiso por el procedimiento tradicional cumplidos los 18 años.

En el 2005 se permitió ampliar la prueba piloto de Baja Sajonia a otros estados donde se obtuvieron resultados igualmente positivo, lo que dio como resultado que a partir del 1 de enero de 2011 se legislara para que en toda Alemania se pudiera obtener el permiso de conducir a los 17 años y se pudiera conducir acompañado hasta no haber cumplido los 18 años.

Para conseguir la autorización BF17, el aspirante deberá realizar el mismo proceso administrativo y asistir a los mismos cursos teóricos y prácticos exigidos a los aspirantes del permiso de categoría B con 18 años (ver entrada de 30 de enero de 2020). El aprendizaje se ha de realizar en una autoescuela autorizada (Fahrschule).Pueden matricularse en la autoescuela elegida a los 16½ años.

Completada su formación, se examinará de teórica y de manejo (circulación) con las mismas exigencias que el resto de aspirantes, pero en caso de aprobar no recibe un carné de conducir como documento de estar habilitado para ello, sino un “certificado de prueba o examen”  que debe ir acompañado, cuando conduzca, de un documento identificativo válido del interesado.

En este certificado aparecen los nombres de las personas que han sido dadas de alta como acompañantes ante la autoridad competente. 



El titular de la autorización BF17 podrá incluir en su “certificado de examen” tantos acompañantes como desee, siempre que cumplan con los siguientes requisitos: deben de tener (al menos) 30 años de edad, ser titulares del permiso de categoría B durante 5 años de manera ininterrumpida y no tener más de un punto en su permiso de conducir (carné por puntos).


El titular de esta autorización tan solo puede conducir en Alemania y Austria.


Esta autorización BF17 se cambia por una licencia de conducir de la UE a partir de haber cumplido los 18 años o como mucho tres meses después.

Las sanciones por conducir habiendo ingerido alcohol y sin un acompañante autorizado son bastante severas.

Desde nuestra humilde opinión, creemos que sería un buen modelo a implementar en España.

jueves, 30 de enero de 2020

LA FORMACIÓN DEL CONDUCTOR EN EUROPA. ALEMANIA



En Alemania, con independencia del tipo de permiso que se de-sea obtener, el alumno debe matricularse en una autoescuela autorizada donde recibirá la formación teórica y práctica. Es obligatoria su asistencia.

 En la autoescuela elegida recibirá dos tipos de formación teórica: Una Formación Básica, con independencia del permiso que solicite y una Formación Especifica en función de la categoría del permiso que se desea obtener.


La formación básica que ha de seguir el conductor pasa por el estudio de un temario que trata sobre reglas de comportamiento, aptitudes frente a la conducción, factores de riesgo, tipo de permisos y vehículos de motor, etc.


En la formación específica, se tratan materias propias del tipo de vehículo que conducirá. Por ejemplo, en el caso del permiso B, los contenidos que imparten están relacionados con temas de seguridad vial y de tráfico, las técnicas para conducir, cómo realizar una conducción ecológica, qué normas afectan a los automóviles, en qué consisten los sistemas de asistencia al conductor, etc.
Una vez recibida esta formación en la propia autoescuela, el alumno realiza un pre-examen y junto con la certificación expedida por el profesor que le ha formado, el alumno podrá presentarse al examen teórico oficial.

La formación teórica, común a todos los permisos es de 18 horas de duración, divididas en clases de 90 minutos. Estas 18 horas se reducen a 9 en aquellos casos en que se quiera obtener un nuevo permiso de superior categoría. Por ejemplo cuando se obtiene uno de la clase B y previamente se es titular de uno de la clase A.

Además de esa formación común, por cada categoría de permiso que se desea obtener, se recibe una formación específica, tal y como se refleja en el siguiente cuadro.



También es obligatorio un entrenamiento sobre la percepción del riesgo

En cuanto al entrenamiento de manejo del vehículo (las archiconocidas prácticas) para la categoría B hay que diferenciar tres clases o grados de formación:

ü Una formación básica que se centra en aprender las nociones básicas de conducción: sentarse a los mandos del vehículo, arrancar, frenar y cambiar de marchas, controlar la velocidad, mantenerse dentro del carril, detectar riesgos, etc.
ü Una formación dirigida a realizar maniobras: frenada, de emergencia, aparcar, conducir marcha atrás, arranque en cuesta, etc.
ü La circulación con tráfico real, que exige para los permisos A y B un mínimo de 12 horas de práctica, con una distribución de recorridos obligatoria en distintos tipos de vía y situaciones: 5 clases de circulación de 45 minutos  por en carreteras federales y/o estatales; 4 clases de 45 minutos por autopistas y autovía; 3 clases de 45 minutos de conducción nocturna o con poca visibilidad.


Alemania, tanto en la teórica como el entrenamiento formal en prácticas,  tiene establecido de forma obligatoria un numero mínimo de clases. No existe un número máximo de clases para formarse en el control del vehículo.

El profesor identificará las necesidades específicas de cada aspirante y en base a ellas programará la formación. Sin embargo, como ya se ha apuntado,  sí que es obligatoria la adquisición de una experiencia mínima de conducción desarrollada en el tráfico real  en diferentes vías y circunstancias.

Una vez superada la formación práctica, el profesor emite un informe en formato electrónico sobre las capacidades y habilidades adquiridas por el alumno. Este informe o certificado le permitirá acceder a realizar el examen práctico oficial.

Con anterioridad a la realización de los exámenes, se exige un curso de primeros auxilios que se desarrolla en una sola jornada y trata distintas cuestiones del tema, como las que  se indican a continuación:
-      Autoprotección y protección de accidentes.
-      Ayuda en accidentes.
-      Cuidado de heridas.
-      Tratamiento de lesiones articulares y fracturas óseas.
-      Ejercicios prácticos.


Existe en Alemania una fórmula para obtener un permiso de conducir a los 17 años, la conducción acompañada (BF 17). Es una regulación especial en Alemania para la admisión de personas al tráfico rodado. A los 17 años, los jóvenes pueden obtener una licencia de conducir de clase B. Los jóvenes alemanes son bastante entusiastas de esta fórmula.

En una próxima publicación trataremos este camino para la obtención del permiso de la categoría B a los 17 años.





domingo, 19 de enero de 2020

LA FORMACION DEL CONDUCTOR EN EUROPA

MUCHOS CAMINOS PARA LLEGAR A UNA MISMA META

Cada país tiene total libertad para estructurar la formación del conductor, sin embargo todos cumplen con los estándares que marca la UE mediante la Directiva 2006/126/ CU, en la cual se definen las pruebas que deben superar los candidatos para obte­ner el permiso.

La citada Directiva describe los conocimientos teóricos, aptitudes y comportamientos al volante mínimos que deben demostrar los aspirantes. Sin embargo, nada se dice sobre el camino a recorrer para alcanzar la meta.

Dada la libertad de cada país, las diferencias entre los sistemas de preparación dentro de la UE son notables.

Se han hecho intentos para armonizar la formación. De ahí el documento que la Comisión Europea publicó  en el 2017. Es­te documento es el fruto de la reunión de un grupo de expertos en Bruselas que recibieron el encargo de revisar y estudiar los dife­rentes modelos nacionales y analizar las mejores experiencias internacionales, con el objetivo de definir un rumbo co­mún en esta materia.


En este  informe se exponen los datos más relevantes que se desprenden de este estudio europeo. En dicho estudio, basándose en evidencias y rigurosos análisis, el grupo de trabajo formuló un total de 27 importantes recomendaciones para la seguridad vial y, en concreto, para el sistema de formación de conductores, que tienen como objetivo final, entre otros, ayudar a conseguir una mejor preparación de las personas que aspiran a la obtención del permiso de conducir.

Entre las 27 recomendaciones se destacan la inclusión de programas sobre conciencia y aceptación de riesgos en la formación teórica o la sistematiza­ción de prácticas de conducción en dife­rentes tipos de vías, condiciones climá­ticas y niveles de luz. Algunas de estas recomendaciones ya se están siguiendo en muchos países de nuestro entorno.

De las 27 recomendaciones publicadas:
• Seis recomendaciones se refieren de forma directa a los contenidos y métodos de formación teórica de los conductores.
• Dos tienen que ver con la formación práctica.
• Tres están dirigidas a la cualificación de los profesores.
• El resto de recomendaciones corresponden a líneas de investigación que se han de desarrollar en relación con el tema, decisiones legales que pueden tomar los estados miembros de forma voluntaria y acciones que suponen una revisión de las pruebas médicas para la renovación de las licencias.

Tanto los estudios como las experiencias relacionadas con el entrenamiento  de la percepción de situaciones de riesgo y la evitación de esas situaciones se encuentran en un estado muy incipiente pero prometedor. Y dado que las actitudes inseguras o la motivación para conducir con seguridad son de difícil evaluación durante el examen de conducción,  la Comisión Europea ha redactado la recomendación número nueve: Los Estados Miembros deben exigir que los programas de capacitación para conductores incluyan lecciones sobre conciencia de riesgos, aceptación de riesgos, autoconciencia, los peligros de la bebida conducción, distracción y demás”.

Para esta área  de seguridad vial existen dos escenarios de actuación que vendrá a ocupar el vacio existente en la formación actual del conductor:
- Formación en la percepción de riesgos. Hoy  por hoy tan solo es obligatoria en Alemania y opcional en Holanda y Reino Unido.

- Formación sobre en conocimiento del riesgo y el autocontrol y control del mismo. Esta formación es obligatoria y con número fijo de horas en Alemania, Estonia, Finlandia, Luxemburgo  y Suiza.  Es  opcional en Bélgica, Países Bajos y   Reino Unido.

En cualquiera de estos casos esta formación se realiza durante un periodo que denominan de licencia provisional.

  
Se aboga que en el ámbito de la CE se debe promover la inclusión de una prueba de percepción de peligro en el sistema de licencias de todos los Estados miembros. 

miércoles, 8 de enero de 2020

CAPACITACIÓN + EDUCACIÓN


Hasta hace poco tiempo,  cuatro o cinco años atrás, la mayoría de las personas intentaban obtener su licencia de conducir tan pronto como alcanzaban la edad en que el sistema legal de su país les permite conducir. En los países desarrollados, incluidos todos los Estados miembros de la UE, se ha logrado una motorización masiva y esto ha supuesto que la mayoría de las personas, cuando todavía son adolescentes o adultos jóvenes,  de manera formal o informal, han adquirido los aprendizajes necesarios para aprobar el examen de conducir.

En los países desarrollados, el tráfico ha venido siendo la causa principal de muerte de personas entre 18 y 24 años .Por ejemplo, en los Países Bajos en 2014, el 22% de todos los conductores de automóviles involucrados en accidentes graves eran conductores entre 18 y 24 años de edad, mientras que este grupo representaba solo el 10% de todos los titulares de licencias. En España, en este mismo año, los conductores de automóviles de 18 a 24 años implicados  en accidentes con victimas representaban el 11.69% mientras que este grupo  representaba el 7% del total del censo de conductores.


Si nos fijamos en los conductores de 65 años o más, resulta que los conductores  implicados representaban el 7.2% mientras que su representación en el total de titulares de permisos era del  13.5%.

 Si nos centramos en el año 2018, los conductores implicados en accidentes con víctimas en la franja de edad de 18 a 24 años representan el 11.6% y en los conductores de 65 años o más el 7.52%. La representación del primer grupo en el censo total de conductores es del 5.72%, mientras que el segundo grupo representa el 15.5%.

Curiosamente el porcentaje más alto de conductores implicados en accidentes de tráfico con víctimas está en el grupo que va de 35 a 44 años.
  
Esta sobrerrepresentación de los jóvenes conductores en accidentes automovilísticos graves se encuentra en todos los países desarrollados y es  causada por la edad, la falta de habilidades y de experiencia. Se acepta mayoritariamenrte que la falta de habilidades se debe principalmente a la falta de experiencia y que la falta de experiencia contribuye más al riesgo de choque que la edad.





 La capacitación inicial para conductores es una de las principales contramedidas destinadas a reducir la participación de los conductores jóvenes noveles en los accidentes graves al comienzo de su actividad como conductores. Autores como Senserrick y Haworth (2005) han definido la capacitación para conductores como cualquier tipo de esfuerzo mediante la enseñanza y el aprendizaje destinados a aumentar las habilidades de los conductores en el tráfico y los motivos para usar estas habilidades de manera que mejoren la seguridad.

Hay una sutil diferencia entre la educación del conductor y la capacitación del conductor.

Mientras que la capacitación es predominantemente mejora en habilidades, la educación para conductores trata de mejorar las actitudes seguras y acrecentar la disposición a ser un conductor seguro y responsable. La capacitación para conductores generalmente responde a un enfoque específico para mejorar las habilidades, y a menudo también abarca la educación. (Keskinen y Hernetkoski, 2011).

 Los conductores seguros y responsables no solo poseen habilidades, destrezas y conocimientos sobre as normas de tráfico, sino que además saben anticipar los peligros y son conscientes de los riesgos que estos peligros pueden causar. Pueden predecir el cómo los peligros potenciales pueden convertirse en situaciones de riesgo real y pueden, entonces,  tomar medidas para mantener un margen de seguridad lo suficientemente grande como para evitar un choque en caso de que el peligro potencial se materialice. Conocen sus propias limitaciones y solo aceptan riesgos a los que pueden hacer frente. Un conductor responsable no quiere exceder a sus propias habilidades y experimenta sentimientos de pérdida de control cuando las sobrepasa.

Para no perder el control, el conductor seguro y responsable busca el equilibrio entre las exigencias de la tarea y sus propias capacidades. Este equilibrio de capacidades y demandas de tareas basadas en la autoevaluación y la evaluación de riesgos la han denominado calibración (Horrey, Lesch, Mitsopoulos-Rubens y Lee, 2015) (en otra ocasión comentaremos este concepto)

Tiempo atrás, la capacitación de conductores para prepararlos para aprobar el examen práctico tendía a enfocarse solo en la capacitación de destrezas y comportamientos con respecto al control del vehículo y el dominio de las situaciones básicas de tráfico. Sin embargo, en la actualidad, la capacitación básica e inicial  para conductores también abarca la capacitación de las llamadas habilidades de orden superior, como anticipación de riesgos, conciencia de riesgos, autoconciencia y calibración.