miércoles, 7 de noviembre de 2018

NEGROS NUBARRONES SE CIERNEN SOBRE LAS AUTOESCUELAS

Preocupantes pronósticos para el próximo mes de diciembre. Una vez más, negros nubarrones  amenazan a las autoescuelas.

Faltan pocos días para que se cumpla un año del final de una huelga que dejó más de 100 millones de euros de pérdidas en las autoescuelas. Algunas cerraron, otras están a punto de hacerlo y las demás quedaron tocadas y supongo que aún no se han recuperado. Además dejaron en la cuneta a miles de aspirantes, cancelando más de 200.000 exámenes.



La Asociación de Examinadores de Tráfico (ASEXTRA) amenaza con emprender una huelga en el próximo diciembre por incumplimiento de los Presupuestos Generales de Estado en relación al complemento específico que se les prometió. Promesa que sirvió para dar por finalizada la huelga.

Eso ocurría, como bien saben, el 13 de diciembre del pasado año, después de un acuerdo firmado por todos los grupos parlamentarios a excepción del PP. El acuerdo consistió en introducir una partida presupuestaria que permitiera poner fin a una discriminación salarial que este colectivo viene soportando desde hace diez años.

En La Asociación de Examinadores de Tráfico (ASEXTRA) dicen no entender como a día de hoy los funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ya están percibiendo (de manera totalmente merecida), la subida de su complemento específico más los atrasos correspondientes, mientras que el colectivo examinador aún no los ha percibido, y máxime cuando ambos colectivos pertenecen al mismo Ministerio (Interior), dependen del mismo Órgano para su ejecución CECIR y la subida del complemento específico de ambos colectivos fueron aprobados en la misma Ley de Presupuestos Generales del Estado.

El Órgano de Gobierno de ASEXTRA anuncia que si durante el mes de noviembre el incremento retributivo del complemento específico de los examinadores-coordinadores y examinadores, más los atrasos, no se ven reflejados en sus nóminas, se verá obligado a hacer un llamamiento a todo el colectivo examinador para que a partir de finales de noviembre se convoque una huelga cuya aplicación se llevará a cabo a partir del mes de diciembre de este año.

A ver qué solución les da este  gobierno, que no supo o no quiso darle el anterior.

Espero que la solución sea satisfactoria para el colectivo y no haya motivo para una huelga, aunque a mí, mira por donde, el incumplimiento a su complemento especifico, después de aquel acuerdo y de estar aprobado, me huele a chamusquina. Otro día les diré por qué si es que estoy en lo cierto, de lo contrario reconoceré que soy un malpensado.

jueves, 1 de noviembre de 2018

LOABLE, PLAUSIBLE, JUSTIFICADA Y JUSTA PETICIÓN DEL SECTOR DE LAS AUTOESCUELAS


Piden la creación de la titulación del Profesor y Director de Formación Vial dentro del Sistema Educativo.
 La propuesta está firmada por la Asociación de Profesores de Formación Vial de Valencia (APAFV), la Asociación de Trabajadores Asalariados de Autoescuelas de Madrid (ATAAM), la Asociación de Trabajadores Asalariados de Autoescuelas de Cataluña (ATAAC), la Asociación de Profesores de Formación Vial de Almería, el Sindicato de trabajadores de Autoescuelas del Sur (SITAES) y Autoescuelas Confederadas de España (ACE). 


La noticia completa se puede leer en el siguiente enlace:




sábado, 27 de octubre de 2018


Lo cuentan los periódicos:

«Debemos acabar con la lacra de los accidentes de tráfico»

La Unión de Empresarios de Autoescuelas de Asturias (UEAS) congregó ayer a sesenta empresas de toda la región para abordar la problemática de los accidentes de tráfico en el ámbito del trabajo, tanto in itinere como desarrollando la actividad laboral. «Es una verdadera lacra que ocasiona daños a las personas y perjuicios a las organizaciones», destacó Rubén Castro Iglesias, presidente de la UEAS, que congregó a sesenta empresas de toda la región.
Los empresarios de autoescuelas defendieron su especialización como herramienta para reducir la sinestrabilidad laboral. «Algo tan sencillo como colocar bien un reposacabezas puede evitar una baja compleja», explica Castro como ejemplo de lo que se puede lograr.
La noticia completa la pueden leer en el siguiente enlace:
La Fundación CNAE instala hoy en El Parche un simulador de vuelco en coche

La Fundación CNAE colocará hoy un simulador de vuelco en la plaza del Ayuntamiento para concienciar sobre la importancia de un correcto uso del cinturón de seguridad. Forma parte del programa de unas jornadas de seguridad vial laboral que organiza de forma conjunta con la Unión de Empresarios de Autoescuelas de Asturias en el Centro de Servicios Universitarios de Avilés. Las sesiones se ebren a las nueve y media de la mañana con la presencia del consejero de Empleo, Industria y Turismo del Principado, Isaac Pola, que estará acompañado de la alcaldesa de Avilés, la jefa provincial de Tráfico, el presidente de la FADE y el secretario de la Fundación CNAE.
La noticia completa la pueden leer en el siguiente enlace:


El cinturón, el mejor seguro

«Después de pasar por aquí, nadie dudará de la necesidad de utilizar el cinturón de seguridad en el coche». Y es que experimentar en un entorno seguro un vuelco de 180 grados en el interior de un turismo es una vivencia que no se olvida con facilidad. «Es como si King Kong jugase con el coche y nosotros somos un trozo de carne en su interior», describía Roberto Ramos, responsable de formación y auditor de seguridad en la Fundación de la Confederación Nacional de Autoescuelas para la seguridad vial y la movilidad sostenible (FCNAE).
La noticia completa la pueden leer en el siguiente enlace:

 


miércoles, 17 de octubre de 2018

EL IMPUESTO AL DIESEL Y LOS COCHES DE UTOESCUELAS


Impuesto al Diesel: las autoescuelas piden ayudas para evitar sus cierres”


A  las autoescuelas se les presenta un grave problema: los coches con los que trabajan son diesel. Esto supone, a muy corto plazo,  pagar más caro el combustible y  a medio plazo, cambiar su flota de vehículos. De ahí que Autoescuelas Confederadas de España (ACE) soliciten de Gobierno medidas efectivas que puedan paliar el problema que se les viene encima.






Hace unos años, no demasiados, las autoridades alababan y promovían los motores diesel. Y lo hacían por su bajo consumo y sus escasas emisiones de CO2. Desde la llamada “crisis del petróleo” de principios de los setenta hasta bien entrado el siglo XXI, todo eran alabanzas para los motores diésel: menos consumo, menos averías e incluso menos contaminación.



Desde su origen, y antes de que se hiciera tan popular, el diesel era catalogado como el motor profesional por excelencia. Pese al predominio de los motores de gasolina en los turismos, la tasa de vehículos matriculados con motor diesel ha venido creciendo desde la década de los ochenta. Ha empezado a ralentizarse desde el pasado año.

Si considerable resulta el incremento de las matriculaciones de vehículos diesel que pasaron a representar el 23.15% en 1991 al 58.59% en 2000, especial mención merecen los turismo diésel matriculados que pasaron del 12.36% en 1990 al 53.51% en2000, y al 57.45 % en 2016. En 2017, los porcentajes ya casi se han igualado: 50.56% para el diésel.

 Y después de todo lo que se oye y se lee sobre la maldad del diésel, la tasa a partir del presente año se reinvertirá a favor de los motores de gasolina.

 Todos sabemos que los gobiernos tienen capacidad para fijar,vía impuestos, la subida de los carburantes. Y le ha tocado al diésel. 

Una responsable del gobierno ha dicho que el impuesto al diéel no es para recaudar…¿Pensará que le hemos creído? 

La noticia de la petición de ayuda de las autoescuelas la pueden leer en el siguiente enlace:




sábado, 13 de octubre de 2018

LA VELOCIDAD DEL AUTOMÓVIL, PASADO Y PRESENTE

(I)
LOS PRIMEROS LÍMITES GENÉRICOS DE VELOCIDAD  ESTABLECIDOS EN ESPAÑA Y LOS PRECIOS DE LOS COMBUSTIBLES.

Por unos motivos u otros, la velocidad siempre ha sido una preocupación del hombre.
En la España del periodo que va de 1750 a 1850, el incremento de la velocidad en el transporte  fue una constante y estuvo ligado a los avances de la actividad económica, política y social. Otras razones fueron: las mejoras llevadas a cabo en la red viaria, en su firme  y en su conservación; los muchos puentes construidos en sustitución de vados y barcazas; y por supuesto, el incremento del número de caballerias destinadas a los relevos. La velocidad a la que se viajaba  a mediados del siglo XIX con respecto al siglo anterior era considerada revolucionaria.

En el viaje de Madrid a Barcelona por Zaragoza, por ejemplo, se empleaban en 1770 unas 300 horas; poco más de 14 días. En 1847, y en diligencia, se cubría esta misma distancia entre 75-80 horas, a una media, incluidas paradas, de 8,26 km/hora o 7,75 km/hora.


De Madrid a Valencia por Albacete, en 1755 y en calesa o coche, se tardaba más de 200 horas (2 km/hora). En 1822, la diligencia empleaba 76 horas (5,65 km/hora) y en 1847 tardaba 75 horas, incluidas 16 paradas, (5,83 km/hora).

Lo normal, nos dicen Santos Madrazo (1984), durante la segunda mitad del siglo XVIII, era recorrer, en posta de ruedas, en «coches de camino» o en otros carruajes alquilados, una legua (5,5 km.) en una hora, pero las paradas, imprevistos múltiples y el no circular por la noche rebajaba los promedios a 50 km diarios. Aun así, esta velocidad les parecía excesiva a algunos ilustrados, quejosos de que viajar en vehículo y a tal ritmo impide la observación que sus retinas requieren. Al respecto, decía  Jovellanos: «la celeridad de las marchas ofrece los objetos a la vista en una sucesión demasiado rápida para poderlos examinar, el horizonte que se descubre es muy ceñido, muy indeterminado, variado de momento en momento, y nunca bien expuesto a la observación analítica» ¿Qué diaria Jovellanos de viajar en coche por una autopista en el siglo XX o XXI?

Los viajeros extranjeros que viajaban por aquellos caminos de la España del siglo XIX decían: las distancias se miden por la fatiga.

Un buen ejemplo de esta afirmación es lo que nos cuenta Mesonero Romanos de su viaje de Granada a Almería, ya en el siglo XIX, en una tartana: «Nunca se apartará de mi memoria el recuerdo de aquel accidentado viaje de tres días mortales para salvar las 16 ó 17 leguas de camino, en tan especiales condiciones, que parecían remontarse a cuatro siglos de distancia. Arrastrábase el vehículo por las secas cañadas, que, a falta de otra carretera, teníamos que seguir, con movimientos bruscos y terroríficos de nuestra desdichada carreta, a cada uno de los cuales, después de persignarme, preguntaba yo al mayoral: «Pero, tío Palomo, ¿hay ejemplos de haber llegado a Almería con este carrito?» «Cómo qué! (me respondía el interpelado); yo aseguro a su mersé que, muertos o vivos, llegaremos allá, si Dios y el ganado no disponen otra cosa, el jueves a la tardesita». Y éramos el lunes al amanecer.


Pero dejemos aquí aquellos viajes y ocupémonos del título que encabeza este artículo: Los primeros límites genéricos de velocidad  establecidos en España
En la década de los setenta del siglo pasado, y con motivo de lo que se dio en llamar la “crisis del petróleo”, nos sermoneaban los políticos con aquello de que había que ahorrar gasolina y bajar los índices de contaminación. No fue una mala escusa para subir el precio del combustible. Y poco tardaron en proponer, como medida, la limitación genérica de velocidad en función de la vía y el vehículo.

Las razones  argüidas para imponer la limitación genérica de velocidad fueron: la seguridad vial y la situación del momento en orden a la economía de carburantes. 
En poco más de tres años, el aumento del precio de la gasolina había sido vertiginoso, sideral, casi de un doscientos por ciento. El incremento de la super fue de un 188%, el de la normal de un 194.15%. El diesel alcanzó el 200%.

Fue en abril de 1974, más concretamente el día 8,  cuando se publicaron en el BOE los primeros límites genéricos de velocidad en función del vehículo y de la vía.
 Casualmente, en este mismo mes de abril del mismo año y como medida para contribuir también al ahorro de energía, el Consejo de Ministros del Gobierno de Franco acuerda el adelanto de la hora legal en relación con la solar  en sesenta minutos. Y ya ven, transcurridos 44 años, como se discute ahora del tema.

Hasta el año que nos ocupa, los conductores españoles, en los tramos de carreteras y autopistas que no había un señal de limitación de velocidad específica, circulaban a la velocidad que les apetecía o que desarrollaba su automóvil. El tipo de infracción más denunciado era: velocidad peligrosa para las condiciones existentes…Las consecuencias: 3.823 fallecidos en carretera.

Es cierto que en 1974, año en el que se establecieron por vez primera los limites genéricos de velocidad, el número de fallecidos en carretera disminuyó. Así ocurrió en el siguiente año, pero no tardó mucho tiempo en repuntar.

El primer domingo de abril de 1974, la prensa nacional publicaba la siguiente nota oficial de La Dirección General de Coordinación Informativa, del Ministerio de Información y Turismo:

Conforme a la autorización que para fijar límites de velocidad ha concedido el Ministerio de la Gobernaciónen el decreto por el que se modifica el artículo 20 del Código de la Circulación, se ha dictado, previo Informe del Ministerio de Obras Públicas, una orden que se publicará y entrará en vigor el día 8 del mes en curso, en base a las circunstancias actuales de abastecimiento de carburantes y al propio tiempo para obtener los datos precisos en el aspecto de la seguridad vial.
 A dichos fines se fijan en la disposición aludida las velocidades máximas siguientes:
  • En autopistas, 130 km. por hora, excepto autobuses y camiones que no deberán rebasar los 100 km. por hora.
 • En autovías, carreteras provistas de arcén de 1,50 metros de anchura mínima o con dos o más carriles de circulación para cada sentido o, en su caso, con un carril adicional para vehículos lentos, 110 km.por hora.
  En las demás carreteras, 90 km. por hora.
 • En vías urbanas, 60 km. por hora.
 • Pueden ser rebasadas dichas velocidades, salvo en vías urbanas, • en 20 km. por hora para efectuar adelantamientos.
 •Por otra parte y al objeto de acomodar la velocidad de los vehículos pesados para el transporte de mercancías y colectivo de viajeros, a las condiciones técnicas de seguridad que hoy ofrece dicho parque automóvil y evitar al propio tiempo disparidades de circulación productoras de alteración del tráfico, se fijan como velocidades máximas permitidas, entre otras, 90 km. por hora a los autobuses y 80 a los camiones de cualquier tonelaje.
La infracción de los límites de velocidad que se establecen, se sancionará con multa de 250 a 5.000 pesetas, según el exceso apreciado, pudiendo imponerse en casos graves la sanción complementaria de suspensión del permiso para conducir por tiempo no superior a tres meses.

Aquellas sanciones con multa de 250 pts, si excedía en 10 km/h., 1.000 pts,  si eran 20 km/h., 2.000, si eran 30 km/h. y  5.000 si eran 40 km/h. o más. nos pueden parecer ridículas pero mirado con perspectiva temporal eran una “pasta”. El salario mínimo interprofesional se había establecido en 1974 en 6.750 pesetas mensuales.
Después de las astronómicas subidas experimentadas en los combustibles, la gasolina normal estaba en  17.50 pesetas/litro, la super en 20 pesetas/litro y el diésel en 10 pesetas/litro.

Nuestro parque de automóviles, a principios de año, era de 5.936.819 automóviles, de los cuales 3.803.659 eran turismos.

El número de personas que obtuvieron un permiso de conducir en 1974 ascendió a 714.958. Solo el 19.79% fueron mujeres.

La limitación de velocidad fue como una fiebre que se extendió  por toda Europa. Alemania, haciendo honor a su tradición automovilística, siguió siendo el país más rápido. No puso limite de velocidad por carretera y por autopista aconsejó no superar los 140. España quedó en la zona intermedia.



Los límites de velocidad y el precio de los combustibles estaban,  a finales de marzo de 1974, como se refleja en el cuadro anterior. La gasolina más cara la tenía Grecia y el diésel más barato, Luxemburgo.

Más del 99% de los turismos matriculados en España en el periodo que va de 1970 a 1974 eran de gasolina, aunque se empezó a notar un ligero descenso en 1974. Este descenso siguió en los años sucesivos. En vehículos industriales (camiones, autobuses y tractores) predominaba el uso del diésel y en los particulares se consumía preferentemente gasolina, aunque con el paso del tiempo la tendencia cambió.
En este año (1974) aparecieron en España cinco coches: el Mini Cooper, el Seat 133, el Renault 7, el Simca 1200 y uno en versión diesel, el Seat 132, pero su precio rondaba las trescientas mil pesetas, cifra, en aquella época, solo al alcance de unos privilegiados



En 1990, el parque de turismo equipados con motor de gasolina era de 10.774.894 y los equipados con motor diesel, 1.220798. En el pasado año 2017, los equipados con gasolina eran 10.102.648 y los equipados con diesel 13.367.879. Y ya saben lo que está pasando con el diesel en este año 2018. Sobran los comentarios.


domingo, 7 de octubre de 2018

COMPETENCIA MULTA A LAS AUTOESCUELAS DE LA POBLACIÓN DE ARRASATE


“Competencia destapa en Arrasate el primer cártel de autoescuelas de Gipuzkoa”

Los lectores del “diariovasco.com” han podido leer el párrafo precedente como titular de la noticia relacionada con las autoescuelas de Arrasate. Es posible que a más de una persona le haya causado, cuando menos, sorpresa al ver el término “cártel” aludiendo a las autoescuelas de esta localidad. Les aseguro que yo, dado que soy un lego en términos económicos, el día que leí, por primera vez, el término “cartel” relacionado con autoescuelas me quedé “ojiplático” y exclame: ¡no me lo puedo creer, sólo le falta esto a las autoescuelas!



Solo, en el caso de haber sido una persona versada en economía hubiera sabido enseguida interpretar el término y saber lo que estaba ocurriendo. Pero no lo soy y tuve que recurrir al DRAE. Solo cuando leí la segunda acepción de este vocablo respiré tranquilo.  

Cártel: 1. m. Organización ilícita vinculada al tráfico de drogas o de armas.
2. m. Econ. Convenio entre varias empresas similares para evitar la mutua competencia y regular la producción, venta y precios en determinado campo industrial.

 Con los años he sabido que la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, en su Disposición adicional cuarta en su apartado 2, dice:
 A efectos de lo dispuesto en esta Ley se entiende por cártel todo acuerdo secreto entre dos o más competidores cuyo objeto sea la fijación de precios, de cuotas de producción o de venta, el reparto de mercados, incluidas las pujas fraudulentas, o la restricción de las importaciones o las exportaciones.

Fue en abril del año pasado cuando la Autoridad Vasca de la Competencia abrió un expediente a las autoescuelas de Arrasate ante la existencia de indicios de que podrían estar pactando precios entre ellas. Tras la apertura del expediente se iniciaba un periodo de instrucción y resolución cuyo plazo máximo es de un año y medio.
La Autoridad vasca ha considerado probado que las ofertas eran “idénticas” y ha resuelto multar a las cuatro autoescuelas por el perjuicio ocasionado a la libertad de mercado y a los potenciales clientes.
La cuantía de las sanciones oscilan entre los 792 euros y los 3.924 euros.


Para leer la noticia publicada: 






jueves, 4 de octubre de 2018

SUSPENDEN A 7, DE 14 AUTOESCUELAS CERTIFICADAS DE LA CIUDAD


No se alarmen. La noticia se ha producido en Cochabamba, una ciudad de alrededor de dos millones de habitantes.
En Bolivia, país al que pertenece Cochabamba, uno de los requisitos para obtener la Licencia de Conducir —  o brevete como llaman al permiso de conducir en Bolivia y Perú —  es el Certificado de Habilidades para Conducir. Este certificado,  que demuestra haber superado las pruebas teórico prácticas de conducción (examen), lo emite una Escuela de Conducción (autoescuela) acreditada por el “Servicio General de Identificación Personal y de Licencias de Conducir (SEGIP–SEGELIC).



Los exámenes de habilidades para conducir deben realizarse en las escuelas autorizadas por el SEGIP y las pruebas de conducción son supervisadas por un inspector que es funcionario de esa Institución. 
Las sietes escuelas de conducción suspendidas estaban calificadas para emitir certificaciones de exámenes de conducción para el trámite de la licencia de conducir. Durante el tiempo que estén suspendidas no podrán emitir las correspondientes certificaciones de exámenes para el trámite de la licencia de conducir.
 La suspensión les ha llegado, después de ser evaluadas por el Organismo correspondiente,  Servicio General de Identificación Personal y de Licencias de Conducir, cuyo acrónimo como ya hemos apuntado es SEGIP-SEGELIC.
En el proceso de evaluación a las autoescuelas se recabó información administrativa del centro, de su plantilla de docentes, de su infraestructura y de su flota de vehículos, al objeto de comprobar que cumplían con los requisitos de la norma.
El director del SEGIP manifestó que desde principios de año se realiza una evaluación a todas las autoescuelas acreditadas. También señaló que “no solo es colocar un letrero que diga: se enseña a conducir y uno empieza a trabajar, sino que se debe calificar de acuerdo a norma”.
“Lo que se busca es que sean verdaderas autoescuelas, razón por la que se toman criterios de calificación exigentes”.
 El Director del SEGIP señaló también que está abierta la posibilidad para que otras escuelas de conducción puedan acreditarse para emitir las certificaciones de conducción, pero tienen que cumplir las exigencias establecidas por esta institución.


Las Escuelas de Conducir en Bolivia se clasifican en:

-     Escuelas de Conducir Especiales: Aquellas que cuentan con acreditación otorgada por el SEGIP-SEGELIC para impartir conocimientos teórico – prácticos, destrezas y habilidades requeridas para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, así como la formación que posibilite una conducción responsable y segura, a postulantes de Licencia para Conducir Motocicleta (M) y Licencia para Conducir categoría Particular (P).

-     Escuelas de Conducir Profesionales: Aquellas que cuentan con acreditación otorgada por el SEGIP-SEGELIC, para impartir conocimientos teórico – prácticos, destrezas y habilidades requeridas para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, así como la formación que posibilite una conducción responsable y segura, a postulantes de Licencia para Conducir Categoría Profesional (A) Categoría Profesional (B) Categoría Profesional (C), y Motorista (T).
(Fuente de la noticia: http://www.opinion.com.bo)